Legislación › Ley 12/2015, de 29 de diciembre, para la recuperación del servicio público de radiodifusión y televisión de ámbito autonómico, de titularidad de la Generalitat.
Disposición derogatoria segunda.
Disposición derogatoria segunda.
Queda derogado el artículo 2 de la Ley 4/2013, de 27 de noviembre, de la Generalitat, de supresión de la prestación de los servicios de radiodifusión y televisión de ámbito autonómico, de titularidad de la Generalitat, así como de disolución y liquidación de Radiotelevisión Valenciana, SAU y cualquier otro mandato de esta ley en todo lo que se oponga a lo establecido en la presente ley.
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