Legislación › Orden ECD/176/2016, de 5 de febrero, por la que se publican los Estatutos provisionales del Consejo General de Colegios Oficiales de Pedagogos y Psicopedagogos.
Artículo 30. Premios y distinciones.
Artículo 30. Premios y distinciones.
La Junta de Gobierno podrá otorgar los premios y distinciones que se determinen reglamentariamente a aquellas personas que se hayan destacado de forma extraordinaria por sus servicios profesionales, ya sea en relación con una actividad continuada, ya sea por actos singulares de especial relieve científico, profesional, social o humano.


