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Legislación › Orden ECD/176/2016, de 5 de febrero, por la que se publican los Estatutos provisionales del Consejo General de Colegios Oficiales de Pedagogos y Psicopedagogos.

Artículo 34. Mesa electoral.

Artículo 34. Mesa electoral.

La mesa electoral estará constituida por un presidente, un vocal y un secretario, designados por sorteo entre los electores que no pertenezcan a ninguna candidatura. Si alguno de ellos no se presentara se podrá elegir por sorteo entre los presentes a la Asamblea, que igualmente no podrá pertenecer a ninguna candidatura. No podrán formar parte los que sean candidatos. Cada candidatura podrá designar un interventor.

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