Legislación › Real Decreto 126/2016, de 1 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a las actividades de demostración y las acciones de información, en el marco del Programa Nacional de Desarrollo Rural 2014-2020, para el fomento de la integración de entidades asociativas agroalimentarias de carácter supraautonómico.
Artículo 15. Solicitudes de pago y documentación a presentar.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 3 de abril de 2016 y la del 2 de enero de 2017.
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Artículo 15. Solicitudes de pago y documentación a presentar.
1. Las solicitudes de pago se presentarán ante el Registro General del FEGA en la calle Beneficencia, 8, Madrid, o en cualquier lugar de los previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, según el modelo establecido en la convocatoria correspondiente.
La presentación electrónica de la solicitud de pago, en su caso, así como la documentación complementaria que se especifique en las respectivas convocatorias, se realizará en los términos previstos en la convocatoria, conforme a lo dispuesto en la Ley 11/2007, de 22 de junio.
2. Se presentará una solicitud de pago por cada Programa de demostración e información.
El plazo de presentación de la solicitud de pago y la documentación relacionada se establecerá en la convocatoria correspondiente. El incumplimiento de este plazo por razones imputables al beneficiario conllevará una penalización del 1 % de la ayuda por día hábil de retraso en la presentación de la solicitud.
3. Las actuaciones para las que se solicite el pago deberán estar ejecutadas, justificadas y abonadas para ser subvencionables, salvo la excepción relativa a la justificación de los costes indirectos contemplada en el artículo 7 del presente real decreto.
4. El pago se efectuará una vez justificada y comprobada la realización de las acciones subvencionadas y el gasto total de las mismas. No obstante, cuando la ejecución total de las acciones de demostración e información no alcance el 70 % de la ayuda subvencionable inicialmente aprobada, no se abonará ayuda alguna.
5. Para la solicitud de pago, se presentará:
a) Un informe de ejecución compuesto por:
1.º Un informe resumen de las actuaciones que se han llevado a cabo.
2.º Una evaluación de los resultados obtenidos que puedan verificarse en la fecha del informe.
3.º Un estado financiero recapitulativo donde consten los gastos planificados y los realizados efectivamente.
b) Un extracto de la cuenta bancaria única, correspondiente al periodo de ejecución para el que se solicita el pago.
c) Facturas y justificantes de pago correspondientes.
d) Cuadro repertoriado de facturas, donde se relaciona cada una de las facturas con sus correspondientes justificantes de pago y los apuntes en la cuenta bancaria.
e) Toda la documentación justificativa de las actuaciones realizadas.
f) Una declaración responsable de no hallarse incurso en ninguno de los supuestos del artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, según modelo que se establecerá en la correspondiente convocatoria.
g) Certificados de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
h) Datos bancarios de la cuenta elegida para recibir la ayuda.
i) Declaración responsable de la entidad u organización solicitante en la que se haga constar que no ha recibido ayudas para la misma finalidad y objeto, ni se encuentra inmersa en un proceso de reintegro de subvenciones.
j) Declaración responsable del solicitante en la que indique las fuentes e importes de la financiación solicitada procedente de las administraciones públicas o de otros entes públicos o privados, para la misma finalidad.
6. No obstante, podrá ser requerida documentación justificativa complementaria para la justificación del gasto realizado.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 30 de enero de 2020 En vigor | BOE-A-2020-1245 | Leer | Qué cambió |
| 13 de enero de 2019 | BOE-A-2019-318 | Leer | Qué cambió |
| 2 de enero de 2017 | BOE-A-2016-12275 | Leer | Qué cambió |
| 3 de abril de 2016 | Texto original | Leer |


