Legislación › Real Decreto 153/2016, de 15 de abril, sobre declaraciones obligatorias a efectuar por los fabricantes de leche líquida envasada de vaca.
Disposición final segunda. Facultad de modificación.
Disposición final segunda. Facultad de modificación.
Se faculta a la Ministra de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente para modificar el anexo y los plazos contenidos en la presente disposición cuando sea necesario para adaptarse a las modificaciones derivadas de la normativa comunitaria.
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