LexTotal

Legislación › Ley 1/2016, de 4 de abril, de impulso y consolidación del diálogo social en La Rioja.

Artículo 3. Creación del Consejo Riojano del Diálogo Social.

Artículo 3. Creación del Consejo Riojano del Diálogo Social.

Se crea el Consejo Riojano del Diálogo Social, en adelante el Consejo, como máximo órgano de encuentro y participación institucional de las organizaciones sindicales y empresariales más representativas y el Gobierno de la Comunidad Autónoma de La Rioja, de carácter tripartito y adscrito a la Consejería competente en materia de relaciones laborales.

← Artículo 2 Índice Artículo 4 →