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Legislación › Orden AAA/661/2016, de 3 de abril, por la que se establecen criterios de desembarque de besugo capturado en aguas de la Unión y aguas internacionales de las zonas VI, VII y VIII del Consejo Internacional para la Exploración del Mar (CIEM).

Disposición final segunda. Habilitación legal.

Disposición final segunda. Habilitación legal.

Esta orden se dicta en virtud de la facultad conferida al Ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, por la disposición final segunda de la Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado.

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