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Legislación › Ley 9/2015, de 28 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas.

Artículo 28. Creación del Consejo de la Juventud de la Comunidad de Madrid.

Artículo 28. Creación del Consejo de la Juventud de la Comunidad de Madrid.

Se crea el Consejo de la Juventud de la Comunidad de Madrid, como órgano de deliberación, consulta y participación de los jóvenes madrileños.

El Consejo estará vinculado a la Consejería competente en materia de juventud. Sus funciones y organización interna serán objeto de regulación mediante reglamento.

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