Legislación › Ley 6/2015, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas.
Disposición transitoria única. Aplicación temporal de normas en materia de personal estatutario.
Disposición transitoria única. Aplicación temporal de normas en materia de personal estatutario.
1. Lo dispuesto en los artículos 50.4 y 52.2 de la Ley de Cantabria 9/2010, de 23 de diciembre, de personal estatutario de Instituciones Sanitarias de la Comunidad Autónoma de Cantabria resultará de aplicación a los nombramientos efectuados con anterioridad a la entrada en vigor de la presente norma.
2. Lo dispuesto en el artículo 52.5 de la Ley de Cantabria 9/2010, de 23 de diciembre, de personal estatutario de Instituciones Sanitarias de la Comunidad Autónoma de Cantabria, no será aplicable a los titulares de plazas vinculadas que, a la entrada en vigor de la presente Ley, ya hubieran cumplido la edad legal de jubilación forzosa prevista para el personal estatutario.
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