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Legislación › Real Decreto 253/2016, de 10 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la creación de grupos operativos supraautonómicos en relación con la Asociación Europea para la Innovación en materia de productividad y sostenibilidad agrícolas.

Artículo 19. Incumplimiento de las obligaciones del beneficiario y reintegro.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 12 de junio de 2016 y la del 4 de abril de 2018. Tachado: lo que se quitó (26 palabras). Subrayado: lo que se añadió (26 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 19. Incumplimiento de las obligaciones del beneficiario. beneficiario y reintegro.
1. Son de aplicación a estas ayudas las causas de nulidad y anulabilidad de la resolución de concesión, así como las causas y procedimientos de reintegro y el régimen de infracciones y sanciones regulados por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
2. El órgano instructor en los procedimientos sancionadores será reintegro de la Dirección General subvención que en su caso proceda se regulará de Desarrollo Rural y Política Forestal. Corresponde al Ministro acuerdo con lo dispuesto en el título II de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente la resolución Ley 38/2003, de procedimientos sancionadores. 17 de noviembre.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
4 de abril de 2018 En vigor BOE-A-2018-4552 Leer Qué cambió
12 de junio de 2016 Texto original Leer

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