Legislación › Ley 10/2016, de 13 de junio, para la recuperación de personas desaparecidas durante la guerra civil y el franquismo.
Artículo 11. Colaboración con otros gobiernos y con entidades fuera del territorio balear.
Artículo 11. Colaboración con otros gobiernos y con entidades fuera del territorio balear.
El Gobierno firmará convenios de colaboración con otras comunidades autónomas, con el Gobierno español y con entidades públicas y privadas para la indagación, la localización y la identificación de personas de Baleares desaparecidas violentamente por razones ideológicas, políticas o religiosas fuera del territorio de la comunidad autónoma de las Illes Balears.


