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Legislación › Ley 10/2016, de 30 de junio, reguladora de la Iniciativa Legislativa Popular.

Disposición adicional primera.

Disposición adicional primera.

Al comienzo del proceso de recogida de firmas, y si así lo solicitare la comisión promotora, se habilitarán, dentro de las disponibilidades municipales y en los términos autorizados por el ayuntamiento competente, locales para que aquella desarrolle sus funciones legales.

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