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Legislación › Real Decreto 300/2016, de 22 de julio, por el que se aprueban los Estatutos del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos.

Artículo 16. Funciones del Pleno del Consejo General.

Artículo 16. Funciones del Pleno del Consejo General.

1. Con carácter general, el Pleno asume funciones de asesoramiento, consulta y coordinación.

2. En concreto, el Pleno tiene atribuidas las siguientes funciones:

a) Trasladar las propuestas e informes que elabore en relación a la profesión y a la vida colegial a la Asamblea General y a la Comisión Permanente.

b) Coordinar los intereses e impulsar la colaboración entre los distintos Consejos Autonómicos y Colegios provinciales.

c) Cumplimentar las líneas maestras de actuación adoptadas por la Asamblea General.

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