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Legislación › Orden DEF/1363/2016, de 28 de julio, por la que se regulan la jornada y el régimen de horario habitual en el lugar de destino de los miembros de las Fuerzas Armadas.

Artículo 2. Ámbito de aplicación.

Artículo 2. Ámbito de aplicación.

1. Esta orden ministerial será de aplicación a todos los militares en servicio activo o en situación de reserva que estén ocupando destino o en comisión de servicio en la estructura del Ministerio de Defensa, conforme a los artículos 108 y 113 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar.

2. Esta disposición será de aplicación supletoria para todo aquel personal militar que se encuentre destinado o comisionado en el extranjero o en departamentos, centros y organismos no dependientes del Ministerio de Defensa, cuando no cuenten con un régimen específico en lo que se refiere a la normativa regulada en esta disposición.

3. También será de aplicación a los reservistas durante su periodo de activación.

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