Legislación › Resolución de 28 de septiembre de 2016, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se modifican las normas de gestión técnica del sistema NGTS-03 "Programaciones" y NGTS-04 "Nominaciones", los protocolos de detalle PD-07 y PD-13, y se derogan los protocolos de detalle PD-08 y PD-15.
ANEXO IV
ANEXO IV
INCLUSIÓN DEL APARTADO 3.2.3 «PROCEDIMIENTO DE ASIGNACIÓN DE DEMANDA» EN EL PD-13 «ASIGNACIÓN DE FECHAS DE DESCARGA DE BUQUES EN PLANTAS DE REGASIFICACIÓN»
3.2.3 Procedimiento de asignación de demanda:
El Gestor Técnico del Sistema (GTS) publicará antes del 15 de septiembre de cada año, el perfil de demanda global para el año siguiente, (con sus escenarios mínimo, medio y máximo), calculado según el protocolo de detalle PD-03 «Predicción de demanda» y desglosado por clientes suministrados a presiones inferiores a 4 bar y superiores a 4 bar.
Una vez recibida la programación, se procederá como se indica a continuación:
1. Se establece un margen de admisión para el perfil de la demanda convencional, de forma que:
a. Si el perfil anual del agregado de programaciones de los usuarios para el año A+1 (a programar) del mercado convencional está entre el perfil anual de la demanda media programada por el GTS +/- 2 % de la misma, se considerarán las programaciones enviadas sin ajustar.
b. Si alguno de los meses referentes a esta programación agregada anual no está en torno a la demanda media mensual publicada por el GTS (es decir, con un margen de +/- 2%), habrá que proceder a repartir los excesos o defectos de programación entre los usuarios para cada uno de los meses en cuestión.
2. Se establece un margen de admisión para el perfil de la demanda del sector eléctrico, de modo que:
a. Si el perfil anual del agregado de programaciones de los usuarios para el año A+1 (a programar) del mercado eléctrico está entre el perfil anual de la demanda media programada por el GTS +/- 7,5 % de la misma, se considerarán las programaciones enviadas sin ajustar.
b. Si alguno de los meses referentes a esta programación agregada anual no está entorno a la demanda media mensual publicada por el GTS (es decir, con un margen de +/- 7,5 %), habrá que proceder a repartir los excesos o defectos de programación entre los usuarios para cada uno de los meses en cuestión.
3. Para repartir los excesos o defectos, el GTS deberá analizar el programa de cada usuario:
a. Se estudiará el crecimiento o decrecimiento de cada usuario en el año en curso.
b. Se convocará una reunión para aclaración del programa, a los usuarios que se salen de las tendencias de crecimiento o decrecimiento esperadas a priori.
4. Los excesos o defectos se repartirán para cada uno de los meses del año programado, respetando la demanda programada por los usuarios para los clientes industriales y ajustando la demanda de mercado doméstico (proporcionalmente a los clientes suministrados a presiones inferiores a 4bar), de forma que se ajuste a la demanda total publicada por el GTS.
5. Con base en la demanda asignada a cada usuario, el GTS establecerá el programa anual de cada uno de ellos.


