Legislación › Real Decreto 389/2016, de 22 de octubre, por el que se aprueba el Plan Director de la Red de Parques Nacionales.
PLAN DIRECTOR
PLAN DIRECTOR DE LA RED DE PARQUES NACIONALES
Objetivos
1. Objetivos estratégicos de los parques nacionales.
1.1 De carácter general.
1.2 En materia de conservación.
1.3 En materia de uso público.
1.4 En materia de investigación.
1.5 En materia de seguimiento.
1.6 En materia de formación y sensibilización.
2. Objetivos a alcanzar en materia de cooperación y colaboración en el ámbito nacional e internacional.
2.1 Cooperación y colaboración en el ámbito nacional.
2.2 Cooperación y colaboración en el ámbito internacional.
Directrices y criterios
3. Directrices básicas para la planificación, conservación y coordinación.
3.1 Directrices básicas para la planificación.
3.1.1 Criterios básicos para la planificación de los parques nacionales.
3.1.2 La zonificación de los parques nacionales.
3.2 Directrices básicas para la conservación.
3.2.1 Directrices de carácter general.
3.2.2 Directrices en materia de conservación de recursos naturales y culturales.
3.2.3 Directrices en relación con las explotaciones y con los aprovechamientos y usos tradicionales.
3.2.4 Directrices en relación con las infraestructuras, equipamientos e instalaciones.
3.2.5 Directrices en relación con la conservación y la atención al visitante.
3.2.6 Directrices en relación con la investigación.
3.2.7 Directrices en relación con el seguimiento de procesos y evaluación de recursos.
3.3 Directrices básicas para la coordinación.
4. Criterios para la selección de los proyectos de interés general que podrán ser objeto de financiación estatal.
5. Criterios para la determinación del nivel de conservación y gestión básicos que debe mantener en el tiempo cada uno de los parques nacionales. Parámetros para el seguimiento.
5.1 Criterios para la determinación del nivel de conservación.
5.2 Parámetros para el seguimiento.
6. Criterios para determinar la existencia de un grave peligro para la integridad y la seguridad de un parque nacional. Directrices para las actuaciones en las situaciones de estado de emergencia declarado.
6.1 Criterios para determinar la existencia de una emergencia por catástrofe medioambiental.
6.2 Directrices para las actuaciones en las situaciones de estado de emergencia declarado.
Actuaciones
7. Actuaciones necesarias para mantener, promover e impulsar la imagen corporativa y la coherencia interna de los parques nacionales.
8. Programa de actuaciones comunes de la Red de Parques Nacionales y procedimientos para su seguimiento continuo y evaluación.
8.1 Actuaciones para la consolidación de la Red.
8.2 Actuaciones para la conservación de los valores naturales y culturales.
8.3 Actuaciones de divulgación de conocimientos e incorporación de nuevas tecnologías.
8.4 Actuaciones para la implicación de los agentes sociales y participación social.
8.5 Actuaciones de seguimiento y evaluación.
8.6 Programa de investigación en la Red de Parques Nacionales.
8.7 Desarrollo sostenible e integración social.
8.8 Proyección y cooperación internacional.
8.9 Procedimientos para el seguimiento continuo y evaluación de las actuaciones.


