Legislación › Ley 6/2017, de 15 de junio, de Cuentas Abiertas de Aragón.
Artículo 7. Impulso y seguimiento.
Artículo 7. Impulso y seguimiento.
Corresponderá al departamento competente en materia de transparencia impulsar la puesta en marcha de la presente ley, sin perjuicio de la obligación de las distintas instituciones, entidades y organismos incluidas en su ámbito de aplicación de adoptar las medidas pertinentes en orden al cumplimiento de los preceptos de la misma en sus respectivos ámbitos competenciales.


