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Legislación › Ley 6/2017, de 15 de junio, de Cuentas Abiertas de Aragón.

Artículo 7. Impulso y seguimiento.

Artículo 7. Impulso y seguimiento.

Corresponderá al departamento competente en materia de transparencia impulsar la puesta en marcha de la presente ley, sin perjuicio de la obligación de las distintas instituciones, entidades y organismos incluidas en su ámbito de aplicación de adoptar las medidas pertinentes en orden al cumplimiento de los preceptos de la misma en sus respectivos ámbitos competenciales.

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