LexTotal

Legislación › Ley 7/2017, de 3 de agosto, por la que se modifica la Compilación de Derecho Civil de las Illes Balears.

Artículo 30.

Artículo 30.

Se modifica el apartado 1 del artículo 69 bis del texto refundido de la Compilación de derecho civil de las Illes Balears, aprobado por el Decreto Legislativo 79/1990, de 6 de septiembre, por incorporación de un nuevo párrafo correspondiente a la letra h), con la siguiente redacción:

«h) En la sucesión de las personas con discapacidad, los que no hayan prestado las atenciones debidas en concepto de alimentos.»

← Artículo 29 Índice Artículo 31 →