Legislación › Orden SSI/889/2017, de 15 de septiembre, por la que se crean los Premios "Plan Nacional de Resistencia a los Antibióticos" y se establecen las bases reguladoras para la concesión de los mismos.
Artículo 3. Contenido y financiación de los Premios.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 22 de septiembre de 2017 y la del 3 de noviembre de 2018.
Tachado: lo que se quitó (1 palabras). Subrayado: lo que se añadió (30 palabras).
Volver al texto en vigor
Artículo 3. Contenido y financiación de los Premios.
1. En cada una de las modalidades establecidas en el artículo 1, el Premio consistirá en un diploma de reconocimiento y una dotación económica mínima de tres mil euros. euros, pudiendo ésta ser ampliada en función del crédito presupuestario disponible de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, determinándose la cuantía total máxima en la correspondiente convocatoria.
2. La concesión de los Premios deberá ser atendida con cargo a los créditos de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, que tienen carácter limitativo.
3. El abono se efectuará mediante un pago único por transferencia bancaria a la cuenta que determine la persona beneficiaria.
4. No podrá realizarse el pago en tanto el beneficiario no se halle al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 3 de noviembre de 2018 En vigor | BOE-A-2018-15048 | Leer | Qué cambió |
| 22 de septiembre de 2017 | Texto original | Leer |


