Legislación › Real Decreto 848/2017, de 22 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de destinos del personal de la Guardia Civil.
Artículo 22. Plazo de resolución.
Artículo 22. Plazo de resolución.
La resolución de asignación de destinos vacantes se dictará en el plazo de tres meses desde la fecha límite de presentación de solicitudes y se publicará en el «Boletín Oficial de la Guardia Civil».


