Legislación › Real Decreto 848/2017, de 22 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de destinos del personal de la Guardia Civil.
Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Este real decreto entrará en vigor a los seis meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», salvo la disposición transitoria séptima que lo hará el día siguiente al de su publicación.


