Legislación › Decreto-ley 5/2017, de 1 de agosto, de medidas urgentes para la ordenación de los servicios de transporte de viajeros en vehículos hasta nueve plazas.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Este Decreto-ley entra en vigor al día siguiente al de su publicación en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya», a excepción de las medidas sancionadoras previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 4, que entrarán en vigor a los dos meses de su publicación.


