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Legislación › Ley 18/2017, de 1 de agosto, de comercio, servicios y ferias.

Artículo 49. Ordenación y promoción de la artesanía.

Artículo 49. Ordenación y promoción de la artesanía.

El Gobierno debe velar por la ordenación del sector artesano y promover tanto el desarrollo, la modernización y la protección como la comercialización de sus productos y servicios a través de cualquiera de las modalidades de actividad comercial y prestación de servicios que establece la presente ley.

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