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Legislación › Ley 18/2017, de 1 de agosto, de comercio, servicios y ferias.

Artículo 41. Conceptos de feria y feria-mercado.

Artículo 41. Conceptos de feria y feria-mercado.

1. A efectos de la presente ley, se entiende por feria la actividad ferial de carácter periódico dirigida, principalmente, al público profesional.

2. A efectos de la presente ley, se entiende por feria-mercado la actividad ferial de carácter periódico dirigida al público en general, en la que también, de forma complementaria, pueden llevarse a cabo operaciones comerciales con retirada de mercancía, cuyo objeto principal se ajusta a lo que determina el artículo 40.1.

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