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Legislación › Orden ETU/943/2017, de 6 de octubre, por la que se desarrolla el Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre, por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica.

ANEXO I

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ANEXO I
Solicitud del bono social
Apéndice I. Modelo para la comprobación del bono social a través de medios telemáticos
«SOLICITUD DEL BONO SOCIAL»
Datos de la empresa comercializadora
de referencia
·
·
Espacio reservado para el registro de entrada
de la solicitud en la empresa comercializadora
de referencia
·
DATOS DEL TITULAR DEL SUMINISTRO:
Apellidos y nombre:
NIF o NIE:
Dirección del punto de suministro:
Dirección postal a efectos de notificación:
Municipio: Código Postal:
Provincia:
Teléfonos de contacto: ................/................/................ /
Alternativamente, dirección de correo electrónico a efectos de notificación:
Código Universal de Punto de Suministro, CUPS (dato que figura en la factura o que puede ser solicitado al distribuidor):
De conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, le informamos de que todos los datos facilitados tendrán carácter confidencial. Los datos recogidos se utilizarán con la finalidad de aplicar el bono social regulado en el capítulo III del Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre, por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica.
Asimismo, para la utilización de dichos datos, le comunicamos que los mismos quedarán incorporados y serán tratados en los ficheros denominados: ……. (incorporar nombre de los ficheros) …. inscritos ante la Agencia Española de Protección de Datos, titularidad de … (nombre del responsable de los ficheros)…..
De la misma manera,.. … (nombre del responsable de los ficheros) …. se compromete a tratar de forma confidencial los datos de carácter personal facilitados y a no comunicar o ceder dicha información a terceros.
En cumplimiento de la normativa vigente, se garantiza que se han adoptado las medidas técnicas y organizativas necesarias para mantener el nivel de seguridad requerido, en atención a la naturaleza de los datos personales tratados.
También le informamos de la posibilidad que tiene de ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de sus datos de carácter personal de forma presencial en las oficinas de... .… (nombre del responsable de los ficheros)…., acompañando copia de DNI, o bien mediante correo postal dirigido a: …………… (dirección postal) ………….
SOLICITA:
La aplicación del bono social al suministro del Código Universal de Punto de Suministro citado.
A TAL EFECTO DECLARA:
– Que el suministro para el que solicita bono social está destinado a la vivienda habitual del titular.
– Que el titular es persona física.
– Que el titular está acogido al precio voluntario para el pequeño consumidor1 (PVPC) o, en caso de no estarlo, que acepta la formalización de un contrato con la comercializadora de referencia acogido a PVPC.
1 La aplicación del bono social conlleva tener un contrato de suministro con el comercializador de referencia a PVPC. El PVPC está regulado en el Real Decreto 216/2014, de 28 de marzo, por el que se establece la metodología de cálculo de los precios voluntarios para el pequeño consumidor de energía eléctrica y su régimen jurídico de contratación.
Marque, en su caso:
□ Que forma parte de la unidad familiar2 integrada por los siguientes miembros (nombre y NIF o NIE de cada uno de los miembros para los que dicho documento sea obligatorio y, en su caso, del NIF o NIE de los menores de 14 años de edad de la unidad familiar que dispongan de él).
2 Se entiende por unidad familiar, a los solos efectos de la aplicación del bono social en la factura de energía eléctrica, la constituida conforme a lo dispuesto en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, cualquiera de las siguientes modalidades.
1.ª La integrada por los cónyuges no separados legalmente y, si los hubiera:
a) Los hijos menores, con excepción de los que, con el consentimiento de los padres, vivan independientes de éstos.
b) Los hijos mayores de edad incapacitados judicialmente sujetos a patria potestad prorrogada o rehabilitada.
2.ª En los casos de separación legal, o cuando no existiera vínculo matrimonial, la formada por el padre o la madre y todos los hijos que convivan con uno u otro y que reúnan los requisitos a que se refiere la regla 1ª.
Nadie podrá formar parte de dos unidades familiares al mismo tiempo.
(Espacio reservado para nombre y NIF o NIE del titular o de los miembros de la unidad familiar).
□ Que está en disposición del título de familia numerosa vigente.
□ Que el solicitante, o todos los miembros que tienen ingresos en la unidad familiar, son pensionistas del Sistema de la Seguridad Social por jubilación o incapacidad permanente, y perciben por ello la cuantía mínima vigente en cada momento para dichas clases de pensiones.
□ Que se cumple alguna de las circunstancias especiales que se recogen en el artículo 3.3 del Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica.
Para acreditar el cumplimiento de los requisitos, aporta:
– Fotocopia del NIF o NIE del titular punto de suministro, o de cada uno de los miembros de la unidad familiar a la que pertenece el titular para los que dicho documento sea obligatorio y, en su caso, de los menores de 14 años de edad de la unidad familiar que dispongan de él.
– Si se trata de una unidad familiar, fotocopia del libro de familia o, en su caso, certificación de la hoja individual del Registro Civil del titular o de cada uno de los integrantes de la unidad familiar.
– Certificado de empadronamiento en vigor del titular o de todos los miembros de la unidad familiar.
– Si se ha marcado la casilla correspondiente a estar en disposición del título de familia numerosa, aporta:
Fotocopia del título de familia numerosa en vigor.
– Si se ha marcado la casilla correspondiente al cumplimiento de alguna de las circunstancias especiales que se recogen en el artículo 3.3 del Real Decreto por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica, aporta:
Certificado u otro documento acreditativo válido de los servicios sociales del órgano competente o del órgano designado por la Comunidad Autónoma.
A efectos de tramitar la solicitud de bono social y durante la vigencia del mismo:
□ El titular y todos los miembros de la unidad familiar autorizan:
– a la comercializadora de referencia a introducir, a través de la aplicación implementada al efecto en la sede electrónica del Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital, la información, incluyendo los datos personales de los solicitantes del bono social y de los miembros de su unidad familiar, que les hayan sido proporcionados mediante el presente modelo de solicitud y documentos adjuntos, en su caso, así como a realizar los demás tratamientos de datos personales previstos en el artículo 6 de la Orden Ministerial por la que se desarrolla el Real Decreto por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica, a los efectos de la aplicación del bono social y demás consecuencias previstas en dicha normativa, incluyendo el tratamiento de dicha información, y de los datos personales que comprenda, a los efectos de hacer constar en sus sistemas informáticos y de gestión la información necesaria para aplicarle al solicitante el bono social, y las demás consecuencias, en su caso, que se regulan en el Real Decreto citado, así como para el mantenimiento del bono social y demás consecuencias, en su caso, mientras se mantengan las condiciones que han dado lugar a su otorgamiento;
– a que el Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital, a través de la aplicación implementada a tal efecto, tenga acceso a las correspondientes bases de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, o en el caso del País Vasco y Navarra, de la Agencia Foral correspondiente, que contengan información sobre rentas;
– a la comercializadora de referencia a recabar información de las administraciones autonómicas o locales cuyos servicios sociales estén atendiendo o vayan a atender al consumidor que cumpla los requisitos para ser vulnerable severo. En ningún caso implicará la autorización para comprobar los requisitos ligados a la comprobación de las circunstancias especiales que, en su caso, pudieran aplicar.
□ El titular y todos los miembros de la unidad familiar autorizan:
– a que el Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital, a través de la aplicación telemática correspondiente, tenga acceso a las bases de datos de la Seguridad Social que contengan información sobre pensiones por jubilación o incapacidad permanente.
(Espacio reservado para nombre, NIF o NIE y firma del titular o de todos los miembros de la unidad familiar mayores de 14 años con capacidad para obrar).
Esta autorización se extenderá durante el periodo en que resulte de aplicación el bono social hasta, en su caso, la renovación del mismo, sin perjuicio de que el consumidor pueda retirar el anterior consentimiento en cualquier momento, en cuyo caso, dejará de resultar de aplicación el bono social.
En el caso de familia numerosa la autorización anterior se entenderá otorgada durante el periodo de vigencia del título de familia numerosa.
En …………………………….… a …… de ………………………… de 20…
Firma del titular del suministro.
REQUISITOS NECESARIOS PARA SER CONSUMIDOR VULNERABLE
(Según artículo 3 del Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre, por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica)
– Que el suministro este destinado a la vivienda habitual del titular persona física.
– Que el suministro esté acogido al Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor, y
a) Que su renta, o en caso de formar parte de una unidad familiar, la renta conjunta anual de la unidad familiar a la que pertenece sea igual o inferior:
– a 1,5 veces el IPREM de 14 pagas en el caso de que no forme parte de una unidad familiar o no haya ningún menor en la unidad familiar (….. euros en el año …..)
– a 2 veces el IPREM de 14 pagas en el caso de que haya un menor en la unidad familiar (….. euros en el año …..)
– a 2,5 veces el IPREM de 14 pagas en el caso de que haya dos menores en la unidad familiar (….. euros en el año …..)
b) Estar en disposición del título de familia numerosa en vigor.
c) Que el propio consumidor y, en el caso de formar parte de una unidad familiar, todos los miembros de la misma que tengan ingresos, sean pensionistas del Sistema de la Seguridad Social por jubilación o incapacidad permanente, y perciban por ello la cuantía mínima vigente en cada momento para dichas clases de pensión, y no perciban otros ingresos.
Los multiplicadores de renta respecto del índice IPREM de 14 pagas establecidos en el apartado a) se incrementarán, en cada caso, en 0,5, siempre que concurra alguna de las siguientes circunstancias especiales (artículo 3.3 del real decreto mencionado):
– Que el consumidor o alguno de los miembros de la unidad familiar tenga discapacidad reconocida igual o superior al 33%.
– Que el consumidor o alguno de alguno de los miembros de la unidad familiar acredite la condición de víctima de violencia de género, conforme a lo establecido en la legislación vigente.
– Que el consumidor o alguno de los miembros de la unidad familiar tenga la condición de víctima de terrorismo, conforme a lo establecido en la legislación vigente.
REQUISITOS NECESARIOS PARA SER CONSUMIDOR VULNERABLE SEVERO
Cuando cumpliendo los requisitos anteriores, el consumidor y, en su caso, la unidad familiar a la que pertenezca tengan una renta anual igual o inferior al 50% de los umbrales establecidos en el apartado a), incrementados en su caso conforme a lo dispuesto en caso de que concurra alguna de las circunstancias especiales anteriormente indicadas, o bien perciba una renta anual menor o igual a una y dos veces el IPREM en el caso de los colectivos recogidos en los apartados c) y b), respectivamente, será considerado vulnerable severo.
INFORMACIÓN IMPORTANTE
1. El bono social se devengará a partir del primer día del ciclo de facturación en el que tenga lugar la recepción de la solicitud completa con la documentación acreditativa que, en su caso, sea necesaria. Se aplicará en la siguiente factura, siempre que dicha factura se emita transcurridos como mínimo 15 días hábiles desde la recepción de la solicitud completa del consumidor por el comercializador de referencia. En caso contrario, la aplicación se realizará desde la factura inmediatamente posterior. El bono social se aplicará durante dos años (a excepción de las familias numerosas, para las que se extenderá al periodo en que se encuentre vigente el correspondiente título de familia numerosa), salvo pérdida de alguna de las condiciones que dan derecho a su percepción, o salvo retirada del consentimiento por parte del consumidor para la comprobación de los datos correspondientes. Trascurrido dicho periodo, el interesado deberá solicitar de nuevo el bono social.
2. El límite de energía suministrada por período de facturación sobre la que se aplicará el descuento en el término de facturación de energía del PVPC del consumidor acogido al bono social será el establecido en el anexo I del Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre, por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica.
El incumplimiento de los requisitos para la aplicación del bono social dará lugar a la regularización del suministro desde la fecha en que se produzca el incumplimiento al Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor.
Apéndice II. Modelo para la comprobación del bono social a partir de declaraciones de la renta y certificados de imputaciones
«SOLICITUD DEL BONO SOCIAL»
Datos de la empresa comercializadora
de referencia
·
·
Espacio reservado para el registro de entrada
de la solicitud en la empresa comercializadora
de referencia
·
DATOS DEL TITULAR DEL SUMINISTRO:
Apellidos y nombre:
NIF o NIE:
Dirección del punto de suministro:
Dirección postal a efectos de notificación:
Municipio: Código Postal:
Provincia:
Teléfonos de contacto: ................ /................ /................ /
Alternativamente, dirección de correo electrónico a efectos de notificación:
Código Universal de Punto de Suministro, CUPS (dato que figura en la factura o que puede ser solicitado al distribuidor):
De conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, le informamos de que todos los datos facilitados tendrán carácter confidencial. Los datos recogidos se utilizarán con la finalidad de aplicar el bono social regulado en el capítulo III del Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre, por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica.
Asimismo, para la utilización de dichos datos, le comunicamos que los mismos quedarán incorporados y serán tratados en los ficheros denominados: ……. (incorporar nombre de los ficheros) …. inscritos ante la Agencia Española de Protección de Datos, titularidad de... .… (nombre del responsable de los ficheros) …..
De la misma manera, …... (nombre del responsable de los ficheros) …... se compromete a tratar de forma confidencial los datos de carácter personal facilitados y a no comunicar o ceder dicha información a terceros.
En cumplimiento de la normativa vigente, se garantiza que se han adoptado las medidas técnicas y organizativas necesarias para mantener el nivel de seguridad requerido, en atención a la naturaleza de los datos personales tratados.
También le informamos de la posibilidad que tiene de ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de sus datos de carácter personal de forma presencial en las oficinas de …... (nombre del responsable de los ficheros) …., acompañando copia de DNI, o bien mediante correo postal dirigido a: …………… (dirección postal) ………….
SOLICITA:
La aplicación del bono social al suministro del Código Universal de Punto de Suministro citado.
A TAL EFECTO DECLARA:
– Que el suministro para el que solicita bono social está destinado a la vivienda habitual del titular.
– Que el titular es persona física.
– Que el titular está acogido al precio voluntario para el pequeño consumidor3 (PVPC) o, en caso de no estarlo, que acepta la formalización de un contrato con la comercializadora de referencia acogido a PVPC.
3 La aplicación del bono social conlleva tener un contrato de suministro con el comercializador de referencia a PVPC. El PVPC está regulado en el Real Decreto 216/2014, de 28 de marzo, por el que se establece la metodología de cálculo de los precios voluntarios para el pequeño consumidor de energía eléctrica y su régimen jurídico de contratación.
Marque en su caso:
□ Que forma parte de la unidad familiar4 integrada por los siguientes miembros (nombre y NIF o NIE de cada uno de los miembros para los que dicho documento sea obligatorio y, en su caso, del NIF o NIE de los menores de 14 años de edad de la unidad familiar que dispongan de él).
4 Se entiende por unidad familiar, a los solos efectos de la aplicación del bono social en la factura de energía eléctrica, la constituida conforme a lo dispuesto en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, cualquiera de las siguientes modalidades.
1.ª La integrada por los cónyuges no separados legalmente y, si los hubiera:
a) Los hijos menores, con excepción de los que, con el consentimiento de los padres, vivan independientes de éstos.
b) Los hijos mayores de edad incapacitados judicialmente sujetos a patria potestad prorrogada o rehabilitada.
2.ª En los casos de separación legal, o cuando no existiera vínculo matrimonial, la formada por el padre o la madre y todos los hijos que convivan con uno u otro y que reúnan los requisitos a que se refiere la regla 1ª.
Nadie podrá formar parte de dos unidades familiares al mismo tiempo.
(Espacio reservado para nombre y NIF o NIE de los miembros de la unidad familiar).
□ Que está en disposición del título de familia numerosa en vigor.
□ Que el solicitante o todos los miembros que tienen ingresos en la unidad familiar son pensionistas del Sistema de la Seguridad Social por jubilación o incapacidad permanente, y perciben por ello la cuantía mínima vigente en cada momento para dichas clases de pensiones.
□ Que se cumple alguna de las circunstancias especiales que se recogen en el artículo 3.3 del Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre, por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica.
Para acreditar el cumplimiento de los requisitos, aporta:
– Declaración o declaraciones de cada uno de los miembros de la unidad familiar presentadas por el solicitante*, relativas al último período impositivo con plazo de presentación vencido, o certificado de imputaciones expedido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria o, en el caso del País Vasco o Navarra, por el organismo correspondiente.
– Fotocopia del NIF o NIE del titular punto de suministro o de cada uno de los miembros de la unidad familiar a la que pertenece el titular para los que dicho documento sea obligatorio y, en su caso, de los menores de 14 años de edad de la unidad familiar que dispongan de él.
– Si se trata de una unidad familiar, fotocopia del libro de familia o, en su caso, certificación de la hoja individual del Registro Civil del titular o de cada uno de los integrantes de la unidad familiar.
– Certificado de empadronamiento en vigor del titular o de todos los miembros de la unidad familiar.
– Si se ha marcado la casilla correspondiente a estar en disposición del título de familia numerosa, aporta:
Fotocopia del título de familia numerosa en vigor.
– Si se ha marcado la casilla correspondiente al cumplimiento de alguna de las circunstancias especiales que se recogen en el artículo 3.3 del Real Decreto por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica, aporta:
Certificado u otro documento acreditativo válido de los servicios sociales del órgano competente o del órgano designado por la Comunidad Autónoma.
A efectos de tramitar la solicitud de bono social y durante la vigencia del mismo:
□ El titular y todos los miembros de la unidad familiar a la que pertenece el titular autorizan:
– a la comercializadora de referencia a comprobar el cumplimiento del requisito de rentas previsto en el art. 4 de la Orden Ministerial por la que se desarrolla el Real Decreto por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica, a través del tratamiento y comprobación de la declaración o declaraciones presentadas por el solicitante o por cada uno de los miembros de la unidad familiar (o en su defecto, del certificado de imputaciones), incluyendo expresamente los datos personales que constarán en las mismas, en la forma y con la extensión prevista en la disposición transitoria primera de la citada orden ministerial, a introducir, a través de la aplicación implementada al efecto en la sede electrónica del Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital, la información proporcionada, así como al tratamiento de la información, incluyendo los datos personales de los solicitantes del bono social y de los miembros de su unidad familiar, que les hayan sido proporcionados mediante el presente modelo de solicitud y documentos adjuntos a los efectos de la aplicación del bono social y demás consecuencias previstas en dicha normativa, incluyendo el tratamiento de dicha información, y de los datos personales que comprenda, a los efectos de hacer constar en sus sistemas informáticos y de gestión la información necesaria para aplicarle al solicitante el bono social, y las demás consecuencias, en su caso, que se regulan en el Real Decreto citado, así como para el mantenimiento del bono social y demás consecuencias, en su caso, mientras se mantengan las condiciones que han dado lugar a su otorgamiento.
– a que el Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital, una vez implementada la aplicación a tal efecto, tenga acceso a las correspondientes bases de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, o en el caso del País Vasco y Navarra, de la Agencia Foral correspondiente, que contengan información sobre rentas;
– a la comercializadora de referencia a recabar información de las administraciones autonómicas o locales cuyos servicios sociales estén atendiendo o vayan a atender al consumidor que cumpla los requisitos para ser vulnerable severo. En ningún caso implicará la autorización para comprobar los requisitos ligados a la comprobación de las circunstancias especiales que, en su caso, pudieran aplicar.
□ El titular y todos los miembros de la unidad familiar autorizan:
– a que el Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital, a través de la aplicación telemática correspondiente, tenga acceso a las bases de datos de la Seguridad Social que contengan información sobre pensiones por jubilación o incapacidad permanente.
(Espacio reservado para nombre, NIF o NIE y firma del titular o de todos los miembros de la unidad familiar mayores de 14 años con capacidad para obrar).
Esta autorización se extenderá durante el periodo en que resulte de aplicación el bono social hasta, en su caso, la renovación del mismo, sin perjuicio de que el consumidor pueda retirar el anterior consentimiento en cualquier momento, en cuyo caso, dejará de resultar de aplicación el bono social.
En el caso de familia numerosa la autorización anterior se entenderá otorgada durante el periodo de vigencia del título de familia numerosa.
En …………………………….… a …… de ………………………… de 20…
Firma del titular del suministro.
REQUISITOS NECESARIOS PARA SER CONSUMIDOR VULNERABLE
(Según artículo 3 del Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre, por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica)
– Que el suministro este destinado a la vivienda habitual del titular persona física.
– Que el suministro esté acogido al Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor, y
a) Que su renta, o en caso de formar parte de una unidad familiar, la renta conjunta anual de la unidad familiar a la que pertenece sea igual o inferior:
– a 1,5 veces el IPREM de 14 pagas en el caso de que no forme parte de una unidad familiar o no haya ningún menor en la unidad familiar (….. euros en el año …..)
– a 2 veces el IPREM de 14 pagas en el caso de que haya un menor en la unidad familiar (….. euros en el año …..)
– a 2,5 veces el IPREM de 14 pagas en el caso de que haya dos menores en la unidad familiar (….. euros en el año …..)
b) Estar en disposición del título de familia numerosa.
c) Que el propio consumidor y, en el caso de formar parte de una unidad familiar, todos los miembros de la misma que tengan ingresos, sean pensionistas del Sistema de la Seguridad Social por jubilación o incapacidad permanente, y perciban por ello la cuantía mínima vigente en cada momento para dichas clases de pensión, y no perciban otros ingresos.
Los multiplicadores de renta respecto del índice IPREM de 14 pagas establecidos en el apartado a) se incrementarán, en cada caso, en 0,5, siempre que concurra alguna de las siguientes circunstancias especiales (artículo 3.3 del real decreto mencionado):
– Que el consumidor o alguno de los miembros de la unidad familiar tenga discapacidad reconocida igual o superior al 33%.
– Que el consumidor o alguno de alguno de los miembros de la unidad familiar acredite la condición de víctima de violencia de género, conforme a lo establecido en la legislación vigente.
– Que el consumidor o alguno de los miembros de la unidad familiar tenga la condición de víctima de terrorismo, conforme a lo establecido en la legislación vigente.
REQUISITOS NECESARIOS PARA SER CONSUMIDOR VULNERABLE SEVERO
Cuando cumpliendo los requisitos anteriores, el consumidor y, en su caso, la unidad familiar a la que pertenezca tengan una renta anual igual o inferior al 50% de los umbrales establecidos en el apartado a), incrementados en su caso conforme a lo dispuesto en caso de que concurra alguna de las circunstancias especiales anteriormente indicadas, o bien perciba una renta anual menor o igual a una y dos veces el IPREM en el caso de los colectivos recogidos en los apartados c) y b), respectivamente, será considerado vulnerable severo.
INFORMACIÓN IMPORTANTE
1. El bono social se devengará a partir del primer día del ciclo de facturación en el que tenga lugar la recepción de la solicitud completa con la documentación acreditativa que, en su caso, sea necesaria. Se aplicará en la siguiente factura, siempre que dicha factura se emita transcurridos como mínimo 15 días hábiles desde la recepción de la solicitud completa del consumidor por el comercializador de referencia. En caso contrario, la aplicación se realizará desde la factura inmediatamente posterior. El bono social se aplicará durante dos años (a excepción de las familias numerosas, para las que se extenderá al periodo en que se encuentre vigente el correspondiente título de familia numerosa), salvo pérdida de alguna de las condiciones que dan derecho a su percepción o salvo retirada del consentimiento por parte del consumidor para la comprobación de los datos correspondientes. Trascurrido dicho periodo, el interesado deberá solicitar de nuevo el bono social.
2. El límite de energía suministrada por período de facturación sobre la que se aplicará el descuento en el término de facturación de energía del PVPC del consumidor acogido al bono social será el establecido en el anexo I del Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre, por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica.
El incumplimiento de los requisitos para la aplicación del bono social dará lugar a la regularización del suministro desde la fecha en que se produzca el incumplimiento al Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor.
SOLICITUD DEL BONO SOCIAL
Datos de la empresa comercializadora de referencia.
·
·
Espacio reservado para el registro de entrada de la solicitud en la empresa comercializadora de referencia.
·
DATOS DEL TITULAR DEL SUMINISTRO:
Apellidos y nombre:
NIF o NIE:
Dirección del punto de suministro:
Dirección postal a efectos de notificación:
Municipio: Código postal:
Provincia:
Teléfonos de contacto: ..................... / ..................... / ..................... /
Alternativamente, dirección de correo electrónico a efectos de notificación:
Código universal de punto de suministro, CUPS (dato que figura en la factura o que puede ser solicitado al distribuidor):
Si le resulta más cómodo, en lugar de indicar el CUPS puede adjuntar copia de una factura de electricidad del punto de suministro, en la que figure con claridad el dato del CUPS.
SOLICITA:
La aplicación del bono social al suministro del código universal de punto de suministro citado.
A TAL EFECTO DECLARA:
– Que el suministro para el que solicita bono social está destinado a la vivienda habitual del titular.
– Que el titular es persona física.
– Que el titular está acogido al precio voluntario para el pequeño consumidor1 (PVPC) o, en caso de no estarlo, que acepta la formalización de un contrato con la comercializadora de referencia acogido a PVPC.
1 La aplicación del bono social conlleva tener un contrato de suministro con el comercializador de referencia a PVPC. El PVPC está regulado en el Real Decreto 216/2014, de 28 de marzo, por el que se establece la metodología de cálculo de los precios voluntarios para el pequeño consumidor de energía eléctrica y su régimen jurídico de contratación.
– Que el titular (marque la casilla que corresponda):
Muy importante: En la tabla siguiente que corresponda tendrá que incluir el nombre y apellidos del solicitante y, en su caso, de todos los miembros de la unidad familiar, así como el NIF o NIE de cada uno de los miembros para los que dicho documento sea obligatorio, es decir, los mayores de 14 años, y de los menores de dicha edad que dispongan de él.
□ es una persona que no forma parte de una unidad familiar2, con nombre y NIF o NIE siguiente:
Nombre
·
Apellidos
·
NIF/NIE
·
·
·
·
□ forma parte de la unidad familiar2 integrada por los siguientes miembros (nombre y NIF o NIE de cada uno de los miembros para los que dicho documento sea obligatorio y, en su caso, del NIF o NIE de los menores de 14 años de edad de la unidad familiar que dispongan de él).
Nombre
·
Apellidos
·
NIF/NIE
·
·
·
·
·
·
·
·
·
·
·
·
·
·
·
·
2 Se entiende por unidad familiar, a los solos efectos de la aplicación del bono social en la factura de energía eléctrica, la constituida conforme a lo dispuesto en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, cualquiera de las siguientes modalidades.
1.ª La integrada por los cónyuges no separados legalmente y, si los hubiera:
a) Los hijos menores, con excepción de los que, con el consentimiento de los padres, vivan independientes de éstos.
b) Los hijos mayores de edad incapacitados judicialmente sujetos a patria potestad prorrogada o rehabilitada.
2.ª En los casos de separación legal, o cuando no existiera vínculo matrimonial, la formada por el padre o la madre y todos los hijos que convivan con uno u otro y que reúnan los requisitos a que se refiere la regla 1.ª
Nadie podrá formar parte de dos unidades familiares al mismo tiempo.
MARQUE, EN SU CASO:
□ Que está en posesión del título de familia numerosa vigente.
En este caso, la comprobación de los requisitos de renta a través de la aplicación telemática únicamente se llevará a cabo para la comprobación de la condición de consumidor vulnerable severo. Marque sólo una de las dos opciones siguientes:
□ solicito que se comprueben los requisitos de renta para ser consumidor vulnerable severo (requiere prestar autorización en el apartado correspondiente más adelante para la comprobación de los requisitos de renta), o
□ no quiero que se comprueben los requisitos de renta para ser consumidor vulnerable severo, y en consecuencia sólo solicito el bono social por mi condición de consumidor vulnerable. En este caso, no se requiere prestar autorización en el apartado correspondiente más adelante para la comprobación de los requisitos de renta.
□ Que el solicitante, o todos los miembros que tienen ingresos en la unidad familiar, son pensionistas del Sistema de la Seguridad Social por jubilación o incapacidad permanente, y perciben por ello la cuantía mínima vigente en cada momento para dichas clases de pensiones.
□ Que se cumple alguna de las circunstancias especiales que se recogen en el artículo 3.3 del Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica.
PARA ACREDITAR EL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS, APORTA:
– Fotocopia del NIF o NIE del titular punto de suministro y, en caso de que el titular forme parte de una unidad familiar, de cada uno de los miembros de la unidad familiar, para los que dicho documento sea obligatorio y, en su caso, de los menores de 14 años de edad de la unidad familiar que dispongan de él.
– Si se trata de una unidad familiar, fotocopia del libro de familia o, en su caso, certificación de la hoja individual del Registro Civil de cada uno de los integrantes de la unidad familiar.
– Si se trata de un titular que no forma parte de la unidad familiar, hoja individual del Registro Civil. Hasta que sea posible la expedición de la hoja individual del Registro Civil conforme a la normativa reguladora, podrá presentarse cualquier documento expedido por la autoridad competente que acredite de manera fehaciente el estado civil del solicitante.
– Certificado de empadronamiento en vigor del titular o, en caso de que el titular forme parte de una unidad familiar, de todos los miembros de la unidad familiar.
– Si se ha marcado la casilla correspondiente a estar en posesión del título de familia numerosa, aporta:
Fotocopia del título de familia numerosa en vigor.
– Si se ha marcado la casilla correspondiente al cumplimiento de alguna de las circunstancias especiales que se recogen en el artículo 3.3 del Real Decreto 897/2017 de 6 de octubre por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica, aporta:
Certificado u otro documento acreditativo válido de los servicios sociales del órgano competente o del órgano designado por la Comunidad Autónoma.
INFORMACIÓN SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL.
De conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, le informamos de que todos los datos facilitados tendrán carácter confidencial. Los datos recogidos se utilizarán con la finalidad de aplicar el bono social regulado en el capítulo III del Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre, por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica.
Asimismo, para la utilización de dichos datos, le comunicamos que los mismos quedarán incorporados y serán tratados en los ficheros denominados: ……. (incorporar nombre de los ficheros) ……. inscritos ante la Agencia Española de Protección de Datos, titularidad de ……. (nombre del responsable de los ficheros) ……. .
De la misma manera, ……. (nombre del responsable de los ficheros) ……. se compromete a tratar de forma confidencial los datos de carácter personal facilitados y a no comunicar o ceder dicha información a terceros.
En cumplimiento de la normativa vigente, se garantiza que se han adoptado las medidas técnicas y organizativas necesarias para mantener el nivel de seguridad requerido, en atención a la naturaleza de los datos personales tratados.
También le informamos de la posibilidad que tiene de ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de sus datos de carácter personal de forma presencial en las oficinas de ……. (nombre del responsable de los ficheros) ……., acompañando copia de DNI, o bien mediante correo postal dirigido a: ……….......…… (dirección postal) ……….......…… .
A EFECTOS DE TRAMITAR LA SOLICITUD DEL BONO SOCIAL.
Para la comprobación de los requisitos de renta y, en su caso, de la pensión mínima, será necesario conceder autorización expresa para realizar las comprobaciones que a continuación se detallan con el objeto de tramitar la solicitud de bono social y durante la vigencia del mismo. De lo contrario, no se podrá llevar a cabo la comprobación de los requisitos para percibir el bono social.
El titular y, en caso de que el titular forme parte de una unidad familiar, todos los miembros de la unidad familiar □ AUTORIZAN □ NO AUTORIZAN:
– a la comercializadora de referencia a introducir, a través de la aplicación implementada al efecto en la sede electrónica del Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital, la información, incluyendo los datos personales del solicitante del bono social y, en caso de que el solicitante forme parte de una unidad familiar, de los miembros de su unidad familiar, que le hayan sido proporcionados mediante el presente modelo de solicitud y documentos adjuntos, en su caso, así como a realizar los demás tratamientos de datos personales previstos en el artículo 6 de la Orden ministerial por la que se desarrolla el Real Decreto por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica, a los efectos de la aplicación del bono social y demás consecuencias previstas en dicha normativa, incluyendo el tratamiento de dicha información, y de los datos personales que comprenda, a los efectos de hacer constar en sus sistemas informáticos y de gestión la información necesaria para aplicarle al solicitante el bono social, y las demás consecuencias, en su caso, que se regulan en el Real Decreto citado, así como para el mantenimiento del bono social y demás consecuencias, en su caso, mientras se mantengan las condiciones que han dado lugar a su otorgamiento;
– a que el Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital, a través de la aplicación implementada a tal efecto, tenga acceso a las correspondientes bases de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, o en el caso del País Vasco y Navarra, de la Agencia Foral correspondiente, que contengan información sobre rentas;
– a la comercializadora de referencia a recabar información de las administraciones autonómicas o locales cuyos servicios sociales estén atendiendo o vayan a atender al consumidor que cumpla los requisitos para ser vulnerable severo. En ningún caso implicará la autorización para comprobar los requisitos ligados a la comprobación de las circunstancias especiales que, en su caso, pudieran aplicar.
El titular y, en caso de que el titular forme parte de una unidad familiar, todos los miembros de la unidad familiar □ AUTORIZAN □ NO AUTORIZAN:
– a que el Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital, a través de la aplicación telemática correspondiente, tenga acceso a las bases de datos de la Seguridad Social que contengan información sobre pensiones por jubilación o incapacidad permanente.
En el caso en el que los criterios de pensión mínima no se cumplan, si ha marcado también la primera autorización se llevará a cabo también la comprobación del cumplimiento del requisito de renta a través de la aplicación implementada al efecto en la sede electrónica del Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital.
Muy importante: En la siguiente tabla hay que incluir el nombre y apellidos del solicitante y, en el caso de unidades familiares, de todos los miembros de la unidad familiar, así como el NIF o NIE de cada uno de los miembros para los que dicho documento sea obligatorio, es decir, los mayores de 14 años, y de los menores de dicha edad que dispongan de él.
Asimismo, deberá firmarse por todos los mayores de 14 años y con capacidad para obrar.
Nombre
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Apellidos
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NIF/NIE
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Firma
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Esta autorización se extenderá durante el periodo en que resulte de aplicación el bono social hasta, en su caso, la renovación del mismo, sin perjuicio de que el consumidor pueda retirar el anterior consentimiento en cualquier momento, en cuyo caso, dejará de resultar de aplicación el bono social.
En el caso de familia numerosa, la autorización anterior se entenderá otorgada durante el periodo de vigencia del título de familia numerosa.
En …………………………….… a …… de ………………………… de 20 …. .
Firma del titular del suministro.
Requisitos necesarios para ser consumidor vulnerable
(Según artículo 3 del Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre, por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica)
– Que el suministro este destinado a la vivienda habitual del titular persona física.
– Que el suministro esté acogido al Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor, y
a) Que su renta, o en caso de formar parte de una unidad familiar, la renta conjunta anual de la unidad familiar a la que pertenece sea igual o inferior:
– a 1,5 veces el IPREM de 14 pagas en el caso de que no forme parte de una unidad familiar o no haya ningún menor en la unidad familiar (….. euros en el año …..).
– a 2 veces el IPREM de 14 pagas en el caso de que haya un menor en la unidad familiar (….. euros en el año …..).
– a 2,5 veces el IPREM de 14 pagas en el caso de que haya dos menores en la unidad familiar (….. euros en el año …..).
b) Estar en posesión del título de familia numerosa en vigor.
c) Que el propio consumidor y, en el caso de formar parte de una unidad familiar, todos los miembros de la misma que tengan ingresos, sean pensionistas del Sistema de la Seguridad Social por jubilación o incapacidad permanente, y perciban por ello la cuantía mínima vigente en cada momento para dichas clases de pensión, y no perciban otros ingresos.
Los multiplicadores de renta respecto del índice IPREM de 14 pagas establecidos en el apartado a) se incrementarán, en cada caso, en 0,5, siempre que concurra alguna de las siguientes circunstancias especiales (artículo 3.3 del real decreto mencionado):
– Que el consumidor o alguno de los miembros de la unidad familiar tenga discapacidad reconocida igual o superior al 33%.
– Que el consumidor o alguno de alguno de los miembros de la unidad familiar acredite la condición de víctima de violencia de género, conforme a lo establecido en la legislación vigente.
– Que el consumidor o alguno de los miembros de la unidad familiar tenga la condición de víctima de terrorismo, conforme a lo establecido en la legislación vigente.
Requisitos necesarios para ser consumidor vulnerable severo
Cuando cumpliendo los requisitos anteriores, el consumidor y, en su caso, la unidad familiar a la que pertenezca tengan una renta anual igual o inferior al 50% de los umbrales establecidos en el apartado a), incrementados en su caso conforme a lo dispuesto en caso de que concurra alguna de las circunstancias especiales anteriormente indicadas, o bien perciba una renta anual menor o igual a una y dos veces el IPREM en el caso de los colectivos recogidos en los apartados c) y b), respectivamente, será considerado vulnerable severo.
Información importante
1. El bono social se devengará a partir del primer día del ciclo de facturación en el que tenga lugar la recepción de la solicitud completa con la documentación acreditativa que, en su caso, sea necesaria. Se aplicará en la siguiente factura, siempre que dicha factura se emita transcurridos como mínimo quince días hábiles desde la recepción de la solicitud completa del consumidor por el comercializador de referencia. En caso contrario, la aplicación se realizará desde la factura inmediatamente posterior. El bono social se aplicará durante dos años (a excepción de las familias numerosas, para las que se extenderá al periodo en que se encuentre vigente el correspondiente título de familia numerosa), salvo pérdida de alguna de las condiciones que dan derecho a su percepción, o salvo retirada del consentimiento por parte del consumidor para la comprobación de los datos correspondientes. Trascurrido dicho periodo, el interesado deberá solicitar de nuevo el bono social.
2. El límite de energía suministrada por período de facturación sobre la que se aplicará el descuento en el término de facturación de energía del PVPC del consumidor acogido al bono social será el establecido en el anexo I del Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre, por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica.
El incumplimiento de los requisitos para la aplicación del bono social dará lugar a la regularización del suministro desde la fecha en que se produzca el incumplimiento al Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor.
Apéndice II. Modelo para la comprobación del bono social a partir de declaraciones de la renta y certificados de imputaciones
SOLICITUD DEL BONO SOCIAL
Datos de la empresa comercializadora de referencia.
·
·
Espacio reservado para el registro de entrada de la solicitud en la empresa comercializadora de referencia.
·
DATOS DEL TITULAR DEL SUMINISTRO:
Apellidos y nombre:
NIF o NIE:
Dirección del punto de suministro:
Dirección postal a efectos de notificación:
Municipio: Código Postal:
Provincia:
Teléfonos de contacto: ..................... / ..................... / ..................... /
Alternativamente, dirección de correo electrónico a efectos de notificación:
Código Universal de Punto de Suministro, CUPS (dato que figura en la factura o que puede ser solicitado al distribuidor):
Si le resulta más cómodo, en lugar de indicar el CUPS puede adjuntar copia de una factura de electricidad del punto de suministro, en la que figure con claridad el dato del CUPS.
SOLICITA:
La aplicación del bono social al suministro del Código Universal de Punto de Suministro citado.
A TAL EFECTO DECLARA:
– Que el suministro para el que solicita bono social está destinado a la vivienda habitual del titular.
– Que el titular es persona física.
– Que el titular está acogido al precio voluntario para el pequeño consumidor1 (PVPC) o, en caso de no estarlo, que acepta la formalización de un contrato con la comercializadora de referencia acogido a PVPC.
1 La aplicación del bono social conlleva tener un contrato de suministro con el comercializador de referencia a PVPC. El PVPC está regulado en el Real Decreto 216/2014, de 28 de marzo, por el que se establece la metodología de cálculo de los precios voluntarios para el pequeño consumidor de energía eléctrica y su régimen jurídico de contratación.
– Que el titular (marque la casilla que corresponda):
Muy importante: En la tabla siguiente que corresponda tendrá que incluir el nombre y apellidos del solicitante y, en su caso, de todos los miembros de la unidad familiar, así como el NIF o NIE de cada uno de los miembros para los que dicho documento sea obligatorio, es decir, los mayores de 14 años, y de los menores de dicha edad que dispongan de él.
□ es una persona que no forma parte de una unidad familiar2, con nombre y NIF o NIE siguiente:
Nombre
·
Apellidos
·
NIF/NIE
·
·
·
·
□ forma parte de la unidad familiar2 integrada por los siguientes miembros (nombre y NIF o NIE de cada uno de los miembros para los que dicho documento sea obligatorio y, en su caso, del NIF o NIE de los menores de 14 años de edad de la unidad familiar que dispongan de él).
Nombre
·
Apellidos
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NIF/NIE
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2 Se entiende por unidad familiar, a los solos efectos de la aplicación del bono social en la factura de energía eléctrica, la constituida conforme a lo dispuesto en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, cualquiera de las siguientes modalidades.
1.ª La integrada por los cónyuges no separados legalmente y, si los hubiera:
a) Los hijos menores, con excepción de los que, con el consentimiento de los padres, vivan independientes de éstos.
b) Los hijos mayores de edad incapacitados judicialmente sujetos a patria potestad prorrogada o rehabilitada.
2.ª En los casos de separación legal, o cuando no existiera vínculo matrimonial, la formada por el padre o la madre y todos los hijos que convivan con uno u otro y que reúnan los requisitos a que se refiere la regla 1.ª
Nadie podrá formar parte de dos unidades familiares al mismo tiempo.
MARQUE, EN SU CASO:
□ Que está en posesión del título de familia numerosa vigente.
En este caso, la comprobación de los requisitos de renta a través de la aplicación telemática únicamente se llevará a cabo para la comprobación de la condición de consumidor vulnerable severo. Marque sólo una de las dos opciones siguientes:
□ solicito que se comprueben los requisitos de renta para ser consumidor vulnerable severo (requiere prestar autorización en el apartado correspondiente más adelante para la comprobación de los requisitos de renta), o
□ no quiero que se comprueben los requisitos de renta para ser consumidor vulnerable severo, y en consecuencia sólo solicito el bono social por mi condición de consumidor vulnerable. En este caso, no se requiere prestar autorización en el apartado correspondiente más adelante para la comprobación de los requisitos de renta.
□ Que el solicitante, o todos los miembros que tienen ingresos en la unidad familiar, son pensionistas del Sistema de la Seguridad Social por jubilación o incapacidad permanente, y perciben por ello la cuantía mínima vigente en cada momento para dichas clases de pensiones.
□ Que se cumple alguna de las circunstancias especiales que se recogen en el artículo 3.3 del Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica.
PARA ACREDITAR EL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS, APORTA:
– Declaración del titular del suministro o, en caso de que el titular forme parte de una unidad familiar, declaraciones de cada uno de los miembros de la unidad familiar, relativas al último período impositivo con plazo de presentación vencido, o certificado de imputaciones expedido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria o, en el caso del País Vasco o Navarra, por el organismo correspondiente.
– Fotocopia del NIF o NIE del titular punto de suministro o, en caso de que el titular forme parte de una unidad familiar, de cada uno de los miembros de la unidad familiar para los que dicho documento sea obligatorio y, en su caso, de los menores de 14 años de edad de la unidad familiar que dispongan de él.
– Si se trata de una unidad familiar, fotocopia del libro de familia o, en su caso, certificación de la hoja individual del Registro Civil de cada uno de los integrantes de la unidad familiar.
– Si se trata de un titular que no forma parte de la unidad familiar, hoja individual del Registro Civil. Hasta que sea posible la expedición de la hoja individual del Registro Civil conforme a la normativa reguladora, podrá presentarse e cualquier documento expedido por la autoridad competente que acredite de manera fehaciente el estado civil del solicitante.
– Certificado de empadronamiento en vigor del titular o, en caso de que el titular forme parte de una unidad familiar, de todos los miembros de la unidad familiar.
– Si se ha marcado la casilla correspondiente a estar en posesión del título de familia numerosa, aporta:
Fotocopia del título de familia numerosa en vigor.
– Si se ha marcado la casilla correspondiente al cumplimiento de alguna de las circunstancias especiales que se recogen en el artículo 3.3 del Real Decreto 897/2017 de 6 de octubre por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica, aporta:
Certificado u otro documento acreditativo válido de los servicios sociales del órgano competente o del órgano designado por la Comunidad Autónoma.
INFORMACIÓN SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL.
De conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, le informamos de que todos los datos facilitados tendrán carácter confidencial. Los datos recogidos se utilizarán con la finalidad de aplicar el bono social regulado en el capítulo III del Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre, por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica.
Asimismo, para la utilización de dichos datos, le comunicamos que los mismos quedarán incorporados y serán tratados en los ficheros denominados: ……. (incorporar nombre de los ficheros) ……. inscritos ante la Agencia Española de Protección de Datos, titularidad de ……. (nombre del responsable de los ficheros) …….
De la misma manera, ……. (nombre del responsable de los ficheros) ……. se compromete a tratar de forma confidencial los datos de carácter personal facilitados y a no comunicar o ceder dicha información a terceros.
En cumplimiento de la normativa vigente, se garantiza que se han adoptado las medidas técnicas y organizativas necesarias para mantener el nivel de seguridad requerido, en atención a la naturaleza de los datos personales tratados.
También le informamos de la posibilidad que tiene de ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de sus datos de carácter personal de forma presencial en las oficinas de ……. (nombre del responsable de los ficheros) ……., acompañando copia de DNI, o bien mediante correo postal dirigido a: ………...…… (dirección postal) ………...…… .
A EFECTOS DE TRAMITAR LA SOLICITUD DEL BONO SOCIAL.
Para la comprobación de los requisitos de renta y, en su caso, de la pensión mínima, será necesario conceder autorización expresa para realizar las comprobaciones que a continuación se detallan con el objeto de tramitar la solicitud de bono social y durante la vigencia del mismo. De lo contrario, no se podrá llevar a cabo la comprobación de los requisitos para percibir el bono social.
El titular y todos los miembros de la unidad familiar □ AUTORIZAN □ NO AUTORIZAN:
– a la comercializadora de referencia a comprobar el cumplimiento del requisito de renta previsto en el artículo 4 de la Orden Ministerial por la que se desarrolla el Real Decreto por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica, a través del tratamiento y comprobación de la declaración presentada por el solicitante o, en caso de que el solicitante forme parte de una unidad familiar, declaraciones presentadas cada uno de los miembros de la unidad familiar (o en su defecto, del certificado de imputaciones), incluyendo expresamente los datos personales que constarán en las mismas, en la forma y con la extensión prevista en la disposición transitoria primera de la citada orden ministerial, a introducir, a través de la aplicación implementada al efecto en la sede electrónica del Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital, la información proporcionada, así como al tratamiento de la información, incluyendo los datos personales del solicitante del bono social y, en su caso,de los miembros de su unidad familiar, que les hayan sido proporcionados mediante el presente modelo de solicitud y documentos adjuntos a los efectos de la aplicación del bono social y demás consecuencias previstas en dicha normativa, incluyendo el tratamiento de dicha información, y de los datos personales que comprenda, a los efectos de hacer constar en sus sistemas informáticos y de gestión la información necesaria para aplicarle al solicitante el bono social, y las demás consecuencias, en su caso, que se regulan en el Real Decreto citado, así como para el mantenimiento del bono social y demás consecuencias, en su caso, mientras se mantengan las condiciones que han dado lugar a su otorgamiento.
– a que el Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital, una vez implementada la aplicación a tal efecto, tenga acceso a las correspondientes bases de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, o en el caso del País Vasco y Navarra, de la Agencia Foral correspondiente, que contengan información sobre rentas;
– a la comercializadora de referencia a recabar información de las administraciones autonómicas o locales cuyos servicios sociales estén atendiendo o vayan a atender al consumidor que cumpla los requisitos para ser vulnerable severo. En ningún caso implicará la autorización para comprobar los requisitos ligados a la comprobación de las circunstancias especiales que, en su caso, pudieran aplicar.
El titular y, en caso de que el titular forme parte de una unidad familiar, todos los miembros de la unidad familiar □ AUTORIZAN □ NO AUTORIZAN:
– a que el Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital, a través de la aplicación telemática correspondiente, tenga acceso a las bases de datos de la Seguridad Social que contengan información sobre pensiones por jubilación o incapacidad permanente.
En el caso en el que los criterios de pensión mínima no se cumplan, si ha marcado también la primera autorización se llevará a cabo también la comprobación del cumplimiento del requisito de renta a través de la aplicación implementada al efecto en la sede electrónica del Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital.
Muy importante: En la siguiente tabla hay que incluir el nombre y apellidos del solicitante y, en el caso de unidades familiares, de todos los miembros de la unidad familiar, así como el NIF o NIE de cada uno de los miembros para los que dicho documento sea obligatorio, es decir, los mayores de 14 años, y de los menores de dicha edad que dispongan de él.
Asimismo, deberá firmarse por todos los mayores de 14 años y con capacidad para obrar.
Nombre
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Apellidos
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NIF/NIE
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Firma
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Esta autorización se extenderá durante el periodo en que resulte de aplicación el bono social hasta, en su caso, la renovación del mismo, sin perjuicio de que el consumidor pueda retirar el anterior consentimiento en cualquier momento, en cuyo caso, dejará de resultar de aplicación el bono social.
En el caso de familia numerosa la autorización anterior se entenderá otorgada durante el periodo de vigencia del título de familia numerosa.
En …………………………….… a …… de ………………………… de 20 …. .
Firma del titular del suministro.
Requisitos necesarios para ser consumidor vulnerable
(Según artículo 3 del Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre, por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica)
– Que el suministro este destinado a la vivienda habitual del titular persona física.
– Que el suministro esté acogido al Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor, y
a) Que su renta, o en caso de formar parte de una unidad familiar, la renta conjunta anual de la unidad familiar a la que pertenece sea igual o inferior:
– a 1,5 veces el IPREM de 14 pagas en el caso de que no forme parte de una unidad familiar o no haya ningún menor en la unidad familiar (….. euros en el año …..).
– a 2 veces el IPREM de 14 pagas en el caso de que haya un menor en la unidad familiar (….. euros en el año …..).
– a 2,5 veces el IPREM de 14 pagas en el caso de que haya dos menores en la unidad familiar (….. euros en el año …..).
b) Estar en posesión del título de familia numerosa.
c) Que el propio consumidor y, en el caso de formar parte de una unidad familiar, todos los miembros de la misma que tengan ingresos, sean pensionistas del Sistema de la Seguridad Social por jubilación o incapacidad permanente, y perciban por ello la cuantía mínima vigente en cada momento para dichas clases de pensión, y no perciban otros ingresos.
Los multiplicadores de renta respecto del índice IPREM de 14 pagas establecidos en el apartado a) se incrementarán, en cada caso, en 0,5, siempre que concurra alguna de las siguientes circunstancias especiales (artículo 3.3 del real decreto mencionado):
– Que el consumidor o alguno de los miembros de la unidad familiar tenga discapacidad reconocida igual o superior al 33%.
– Que el consumidor o alguno de alguno de los miembros de la unidad familiar acredite la condición de víctima de violencia de género, conforme a lo establecido en la legislación vigente.
– Que el consumidor o alguno de los miembros de la unidad familiar tenga la condición de víctima de terrorismo, conforme a lo establecido en la legislación vigente.
Requisitos necesarios para ser consumidor vulnerable severo
Cuando cumpliendo los requisitos anteriores, el consumidor y, en su caso, la unidad familiar a la que pertenezca tengan una renta anual igual o inferior al 50% de los umbrales establecidos en el apartado a), incrementados en su caso conforme a lo dispuesto en caso de que concurra alguna de las circunstancias especiales anteriormente indicadas, o bien perciba una renta anual menor o igual a una y dos veces el IPREM en el caso de los colectivos recogidos en los apartados c) y b), respectivamente, será considerado vulnerable severo.
Información importante
1. El bono social se devengará a partir del primer día del ciclo de facturación en el que tenga lugar la recepción de la solicitud completa con la documentación acreditativa que, en su caso, sea necesaria. Se aplicará en la siguiente factura, siempre que dicha factura se emita transcurridos como mínimo quince días hábiles desde la recepción de la solicitud completa del consumidor por el comercializador de referencia. En caso contrario, la aplicación se realizará desde la factura inmediatamente posterior. El bono social se aplicará durante dos años (a excepción de las familias numerosas, para las que se extenderá al periodo en que se encuentre vigente el correspondiente título de familia numerosa), salvo pérdida de alguna de las condiciones que dan derecho a su percepción o salvo retirada del consentimiento por parte del consumidor para la comprobación de los datos correspondientes. Trascurrido dicho periodo, el interesado deberá solicitar de nuevo el bono social.
2. El límite de energía suministrada por período de facturación sobre la que se aplicará el descuento en el término de facturación de energía del PVPC del consumidor acogido al bono social será el establecido en el anexo I del Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre, por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica.
El incumplimiento de los requisitos para la aplicación del bono social dará lugar a la regularización del suministro desde la fecha en que se produzca el incumplimiento al precio voluntario para el pequeño consumidor.

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31 de marzo de 2022 En vigor BOE-A-2022-4972 Leer Qué cambió
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8 de abril de 2018 BOE-A-2018-4750 Leer Qué cambió
1 de enero de 2018 BOE-A-2017-15521 Leer Qué cambió
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