LexTotal

Legislación › Resolución de 10 de octubre de 2017, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio de asistencia sanitaria pública derivada de accidentes de tráfico para los ejercicios 2017, 2018, 2019 y 2020.

ANEXO I

ANEXO I

Condiciones económicas 2017

1. Tarifas.–Las tarifas de la asistencia sanitaria a lesionados en accidente de tráfico con cobertura de responsabilidad civil derivada de uso y circulación de vehículos de motor de suscripción obligatoria, aplicables en las instituciones propias o en las ajenas concertadas en régimen de administración y financiación directa, serán las siguientes:

Hospitalización:

Hospitalización en planta: precio por estancia y día de hospitalización: 640 euros.

Hospitalización en UVI: precio por estancia y día: 1.280 euros.

Estos importes comprenden todos los gastos asistenciales, con excepción del transporte sanitario y rehabilitación, que en su caso se facturarán aparte.

Se considera día de estancia la permanencia en la hora censal (00,00 horas) de un lesionado ingresado en el hospital para atención de un proceso patológico.

Solo tendrán carácter de UVI las unidades consideradas tradicionalmente como tales, no siendo aplicable este precio a unidades similares a UVI que pudieran implementar los Servicios de Salud.

Asistencia de urgencia sin ingreso o primera asistencia:

Precio por lesionado atendido: 270 euros.

Rehabilitación:

Precio por día de rehabilitación: 25 euros.

La facturación se hará por día de rehabilitación, independientemente del número de sesiones que se practiquen en el día que se factura.

Unidades de Lesionados medulares:

Hospitalización en planta, precio por estancia y día: 760 euros.

Estos precios solo serán de aplicación por aquellos hospitales que dispongan de unidad de lesionados medulares.

Unidades de grandes quemados:

Hospitalización: precio por estancia y día 1.280 euros.

Estos precios sólo serán de aplicación por aquellos hospitales acreditados.

Límite conductor vehículo único:

El importe de la facturación de las prestaciones sanitarias en el caso del conductor de un siniestro en el que interviene un solo vehículo no podrá ser superior a 9.734 euros.

Límite conductor vehículo único de tercera categoría (motocicletas y ciclomotores):

Importe de una urgencia o primera asistencia.

Transporte sanitario:

El traslado del paciente lesionado se facturará de conformidad con los siguientes precios:

Fijo

–

Euros

Km

–

Euros

1. Servicios Programados:

1.1 Individual

44

0,69

1.2 Colectivo (rehabilitación, pruebas, consultas, etc.)

33

0,53

1.3 Traslado de críticos en U.V.I. móvil

352

1,21

2. Servicios No programado

2.1 Individual Convencional (altas hospitalarias)

50

0,69

En los casos en que se utilice transporte distinto al propio de la entidad gestora o concertado por ésta, será la entidad aseguradora la que se hará cargo del pago directo de los gastos de dicho transporte, previa conformidad de la aseguradora.

Condiciones económicas 2018

1. Tarifas.–Las tarifas de la asistencia sanitaria a lesionados en accidente de tráfico con cobertura de responsabilidad civil derivada de uso y circulación de vehículos de motor de suscripción obligatoria, aplicables en las instituciones propias o en las ajenas concertadas en régimen de administración y financiación directa, serán las siguientes:

Hospitalización:

Hospitalización en planta: precio por estancia y día de hospitalización: 651 euros.

Hospitalización en UVI: precio por estancia y día: 1.302 euros.

Estos importes comprenden todos los gastos asistenciales, con excepción del transporte sanitario y rehabilitación, que en su caso se facturarán aparte.

Se considera día de estancia la permanencia en la hora censal (00,00 horas) de un lesionado ingresado en el hospital para atención de un proceso patológico.

Sólo tendrán carácter de UVI las unidades consideradas tradicionalmente como tales, no siendo aplicable este precio a unidades similares a UVI que pudieran implementar los Servicios de Salud.

Asistencia de urgencia sin ingreso o primera asistencia:

Precio por lesionado atendido 275 euros.

Rehabilitación:

Precio por día de rehabilitación 25 euros.

La facturación se hará por día de rehabilitación, independientemente del número de sesiones que se practiquen en el día que se factura.

Unidades de Lesionados medulares:

Hospitalización en planta, precio por estancia y día 773 euros.

Estos precios solo serán de aplicación por aquellos hospitales que dispongan de unidad de lesionados medulares.

Unidades de grandes quemados:

Hospitalización: precio por estancia y día 1.302 euros.

Estos precios solo serán de aplicación por aquellos hospitales acreditados.

Límite conductor vehículo único:

El importe de la facturación de las prestaciones sanitarias en el caso del conductor de un siniestro en el que interviene un solo vehículo no podrá ser superior a 9.899 euros.

Límite conductor vehículo único de tercera categoría (motocicletas y ciclomotores):

Una primera asistencia/urgencia o una estancia hospitalaria de cualquier tipología.

Transporte sanitario:

El traslado del paciente lesionado se facturará de conformidad con los siguientes precios:

Fijo

–

Euros

Km

–

Euros

1. Servicios Programados:

1.1 Individual

44

0,69

1.2 Colectivo (rehabilitación, pruebas, consultas, etc.)

33

0,53

1.3 Traslado de críticos en U.V.I. móvil

352

1,21

2. Servicios No programado:

2.1 Individual Convencional (altas hospitalarias)

50

0,69

En los casos en que se utilice transporte distinto al propio de la entidad gestora o concertado por ésta, será la entidad aseguradora la que se hará cargo del pago directo de los gastos de dicho transporte, previa conformidad de la aseguradora.

Condiciones económicas 2019

1. Tarifas.–Las tarifas de la asistencia sanitaria a lesionados en accidente de tráfico con cobertura de responsabilidad civil derivada de uso y circulación de vehículos de motor de suscripción obligatoria, aplicables en las instituciones propias o en las ajenas concertadas en régimen de administración y financiación directa, serán las siguientes:

Hospitalización:

Hospitalización en planta: precio por estancia y día de hospitalización: 661 euros.

Hospitalización en UVI: precio por estancia y día: 1.322 euros. Estos importes comprenden todos los gastos asistenciales, con excepción del transporte sanitario y rehabilitación, que en su caso se facturarán aparte.

Se considera día de estancia la permanencia en la hora censal (00,00 horas) de un lesionado ingresado en el hospital para atención de un proceso patológico.

Solo tendrán carácter de UVI las unidades consideradas tradicionalmente como tales, no siendo aplicable este precio a unidades similares a UVI que pudieran implementar los Servicios de Salud.

Asistencia de urgencia sin ingreso o primera asistencia:

Precio por lesionado atendido 279 euros.

Rehabilitación:

Precio por día de rehabilitación 26 euros.

La facturación se hará por día de rehabilitación, independientemente del número de sesiones que se practiquen en el día que se factura.

Unidades de Lesionados medulares:

Hospitalización en planta, precio por estancia y día: 785 euros.

Estos precios solo serán de aplicación por aquellos hospitales que dispongan de unidad de lesionados medulares.

Unidades de grandes quemados:

Hospitalización: precio por estancia y día: 1.322 euros.

Estos precios solo serán de aplicación por aquellos hospitales acreditados.

Límite conductor vehículo único:

El importe de la facturación de las prestaciones sanitarias en el caso del conductor de un siniestro en el que interviene un solo vehículo no podrá ser superior a: 10.057 euros.

Límite conductor vehículo único de tercera categoría (motocicletas y ciclomotores):

Una primera asistencia/urgencia o dos estancias hospitalarias de cualquier tipología.

Transporte sanitario:

El traslado del paciente lesionado se facturará de conformidad con los siguientes precios:

Fijo

–

Euros

Km

–

Euros

1. Servicios Programados:

1.1 Individual

44

0,69

1.2 Colectivo (rehabilitación, pruebas, consultas, etc.)

33

0,53

1.3 Traslado de críticos en U.V.I. móvil

352

1,21

2. Servicios No programado:

2.1 Individual Convencional (altas hospitalarias)

50

0,69

En los casos en que se utilice transporte distinto al propio de la entidad gestora o concertado por ésta, será la entidad aseguradora la que se hará cargo del pago directo de los gastos de dicho transporte, previa conformidad de la aseguradora.

Condiciones económicas 2020

1. Tarifas.–Las tarifas de la asistencia sanitaria a lesionados en accidente de tráfico con cobertura de responsabilidad civil derivada de uso y circulación de vehículos de motor de suscripción obligatoria, aplicables en las instituciones propias o en las ajenas concertadas en régimen de administración y financiación directa, serán las siguientes:

Hospitalización:

Hospitalización en planta: precio por estancia y día de hospitalización: 668 euros.

Hospitalización en UVI: precio por estancia y día: 1.336 euros.

Estos importes comprenden todos los gastos asistenciales, con excepción del transporte sanitario y rehabilitación, que en su caso se facturarán aparte.

Se considera día de estancia la permanencia en la hora censal (00,00 horas) de un lesionado ingresado en el hospital para atención de un proceso patológico.

Solo tendrán carácter de UVI las unidades consideradas tradicionalmente como tales, no siendo aplicable este precio a unidades similares a UVI que pudieran implementar los Servicios de Salud.

Asistencia de urgencia sin ingreso o primera asistencia:

Precio por lesionado atendido: 282 euros.

Rehabilitación:

Precio por día de rehabilitación: 26 euros.

La facturación se hará por día de rehabilitación, independientemente del número de sesiones que se practiquen en el día que se factura.

Unidades de Lesionados medulares:

Hospitalización en planta, precio por estancia y día: 793 euros.

Estos precios solo serán de aplicación por aquellos hospitales que dispongan de unidad de lesionados medulares.

Unidades de grandes quemados:

Hospitalización: precio por estancia y día: 1.336 euros.

Estos precios sólo serán de aplicación por aquellos hospitales acreditados.

Límite conductor vehículo único:

El importe de la facturación de las prestaciones sanitarias en el caso del conductor de un siniestro en el que interviene un solo vehículo no podrá ser superior a: 10.158 euros.

Límite conductor vehículo único de tercera categoría (motocicletas y ciclomotores):

Una primera asistencia/urgencia o dos estancias hospitalarias de cualquier tipología.

Transporte sanitario:

El traslado del paciente lesionado se facturará de conformidad con los siguientes precios:

Fijo

–

Euros

Km

–

Euros

1. Servicios Programados:

1.1 Individual

44

0,69

1.2 Colectivo (rehabilitación, pruebas, consultas, etc.)

33

0,53

1.3 Traslado de críticos en U.V.I. móvil

352

1,21

2. Servicios No programado:

2.1 Individual Convencional (altas hospitalarias)

50

0,69

En los casos en que se utilice transporte distinto al propio de la entidad gestora o concertado por ésta, será la entidad aseguradora la que se hará cargo del pago directo de los gastos de dicho transporte, previa conformidad de la aseguradora.

Índice