Legislación › Real Decreto 930/2017, de 27 de octubre, por el que se regula el régimen de ayudas a la apicultura en el marco de los programas nacionales anuales, y se modifica el Real Decreto 209/2002, de 22 de febrero, por el que se establecen normas de ordenación de las explotaciones apícolas.
ANEXO
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de noviembre de 2017 y la del 11 de febrero de 2020.
Tachado: lo que se quitó (10 palabras). Subrayado: lo que se añadió (84 palabras).
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ANEXO
Información que deben comunicar las comunidades autónomas sobre la ejecución del programa apícola en su ámbito territorial
I. Balance del plan de control de ayudas a la apicultura
1. Incidencias del control administrativo:
Número de solicitudes controladas.
Porcentaje de solicitudes con irregularidades.
Número y tipo de irregularidades detectadas.
Acciones emprendidas.
2. Incidencias del control «in situ»: “in situ”:
2.1 Control aleatorio:
Número de solicitudes controladas.
Porcentaje de solicitudes con irregularidades.
Número y tipo de irregularidades detectadas.
Acciones emprendidas.
2.2 Incidencias del control dirigido:
Número de solicitudes controladas.
Porcentaje de solicitudes con irregularidades.
Número y tipo de irregularidades detectadas.
Acciones emprendidas.
II. Indicadores de rendimiento para las medidas apícolas
1. Asistencia técnica. técnica:
1.1 Número de cursos financiados.
1.2 Número de documentos técnicos publicados.
1.3 Número de apicultores que recibieron formación.
1.4 Ratio de técnicos contratados por colmena o por apicultor.
2. Lucha contra la varroosis y otros agresores:
2.1 Número de tratamientos de varroa financiados.
2.2 Ratio de tratamientos de varroa financiados por explotación.
2.3 Coste medio del tratamiento frente a varroa por colmena.
2.4 Número de intervenciones financiadas frente a otros agresores y enfermedades.
2.5 Número y tipo de productos utilizados para la sobrealimentación de abejas.
2.6 Número de tratamientos de purificación de cera subvencionados.
3. Racionalización de la trashumancia. trashumancia:
3.1 Número de apicultores financiados (indicando el alcance en colmenas y el porcentaje sobre el total de apicultores registrados).
3.2 Número de apicultores que se beneficiaron de la compra de equipamiento.
3.3 Coste medio de la inversión financiada.
3.4 Número de apicultores que incorporaron márgenes florales.
3.5 Número de cuotas de seguro financiadas (calculadas por apicultor y número total de colmenas).
4. Apoyo a laboratorios de análisis. análisis:
4.1 Número y tipo de análisis de acuerdo con la directiva de la miel.
4.2 Número y tipo de otros análisis en miel financiados.
4.3 Número de análisis efectuados en otros productos.
4.4 Número de análisis de residuos en cera.
5. Repoblación. Repoblación:
5.1 Número de apicultores financiados.
5.2 Número de apicultores vendedores de material reproductivo apoyados.
5.3 Coste medio de la compra de reinas.
6. Seguimiento de mercado:
6.1 Número de estudios de mercado financiados.
6.2 Número de documentos técnicos publicados.
7. Mejora de la calidad. calidad:
6.1 7.1 Número de técnicos de comercialización contratados.
6.2 7.2 Ratio de técnicos contratados (en colmenas).
6.3 7.3 Número de figuras de calidad desarrolladas.
7.4 Coste medio de las inversiones en materia de envasado y comercialización.
7.5 Número de actuaciones de promoción financiadas.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 11 de febrero de 2020 En vigor | BOE-A-2020-1912 | Leer | Qué cambió |
| 1 de noviembre de 2017 | Texto original | Leer |


