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Legislación › Orden DEF/85/2017, de 1 de febrero, por la que se aprueban las normas sobre organización y funciones, régimen interior y programación de los centros docentes militares.

Artículo 25. Reglas de funcionamiento.

Artículo 25. Reglas de funcionamiento.

1. Los departamentos o secciones departamentales remitirán sus programaciones al Subdirector Jefe de Estudios del centro correspondiente, quien comprobará si se ajustan a lo establecido en el artículo 23.

2. Igualmente, los departamentos o secciones departamentales remitirán sus demás informes y propuestas al Director, a través de la jefatura de estudios.

3. Los departamentos o secciones departamentales celebrarán las reuniones precisas para el cumplimiento de sus funciones. Periódicamente, se reunirán para evaluar el desarrollo de su programación docente e investigadora y aplicar o proponer la aplicación de las medidas correctoras que esa evaluación aconseje.

4. Los departamentos o secciones departamentales elaborarán anualmente una memoria de las actividades desarrolladas y de los resultados obtenidos, así como de los trabajos realizados o en curso de realización, que será publicada por los respectivos centros docentes mediante su inclusión en sus correspondientes memorias anuales.

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