Legislación › Real Decreto 874/2017, de 29 de septiembre, por el que se regula el apoyo oficial en forma de subvención al tipo de interés de los créditos para la construcción de buques.
ANEXO I
ANEXO I
Solicitud de subvención al tipo de interés
1. Datos del solicitante.
Sociedad:
CIF:
Domicilio:
Nombre del representante:
Cargo del representante:
2. Datos del acreditado.
Sociedad:
CIF:
Domicilio:
País donde radica la sociedad:
3. Datos del buque a construir o transformar.
Armador, contractual:
Astillero constructor/transformador:
Número de construcción(1):
Tipo de buque(2):
Fecha de contrato:
Fecha entrega:
4. Datos del crédito a conceder.
Precio del buque(3):
Importe del crédito subvencionado, a efectos del artículo 5.3 del presente real decreto:
Intereses devengados hasta la entrega:
Crédito concedido:
Moneda:
Fecha de formalización:
Tipo de interés:
Fechas liquidación intereses:
Plazo de carencia:
Plazo de amortización:
Amortizaciones:
5. Declaraciones de la entidad financiadora.
Mediante la firma de la presente solicitud, el representante de la entidad financiadora declara bajo su responsabilidad lo siguiente:
a) Que el contrato de crédito objeto de esta solicitud ha entrado en vigor anteriormente a la fecha de firma de esta solicitud.
b) Que la entidad financiadora no tiene deudas por reintegro de ayudas o préstamos con la Administración, ni está sujeta a una orden de recuperación pendiente tras una Decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
c) Que la entidad financiadora no está incursa en ninguna de las prohibiciones a las que se refiere el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, en cumplimiento de lo establecido en los artículos 26 y 27 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
(1) En el caso de transformación, el número de obra interno.
(2) En el caso de transformación, se referirá al tipo de buque transformado.
(3) En el caso de transformación, precio contractual de la transformación.
6. Cumplimiento de obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social(4).
□ La entidad financiadora autoriza a la DGIPYME para que obtenga, de forma directa a través de certificados electrónicos, acreditación del cumplimiento por parte de la entidad financiadora de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, de conformidad con lo establecido en el artículo 22.4 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
□ Se adjunta a la presente solicitud la correspondiente acreditación del cumplimiento por parte de la entidad financiadora de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
7. Comunicación de la asunción de obligaciones derivadas del crédito por una sociedad del grupo, multigrupo o asociada del acreditado.
Una sociedad del grupo, multigrupo o asociada del acreditado ha asumido las obligaciones derivadas del crédito:
□ No.
□ Sí.
|
Denominación de la sociedad |
NIF |
Fecha de asunción de las obligaciones del crédito |
Datos de la disposición del crédito.
Fechas y cantidades previstas:
|
Fecha |
Cantidad |
8. Datos de la amortización del crédito.
Fechas y cantidades previstas:
|
Fecha |
Cantidades amortizadas |
Saldo vivo |
(4) Elegir una opción marcando la casilla correspondiente.
9. Datos de la subvención de intereses.
Fechas y cantidades previstas:
|
Fecha devengo |
Subvención |
Documentación a adjuntar a la presente solicitud:
a) Contrato de crédito en el que se fijen sus condiciones.
b) Acreditación válida del poder del firmante de la solicitud.
c) Acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, solo en el caso en el que el solicitante no autorice que el órgano concedente obtenga de forma directa dicha acreditación a través de certificados electrónicos, conforme a lo establecido en el artículo 22.4 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.


