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Legislación › Ley 13/2016, de 29 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat.

Artículo 27.

Artículo 27.

Se añade una Disposición Adicional a la Ley 3/1998, de 21 de mayo, de Turismo de la Comunitat Valenciana, con la siguiente redacción:

«Disposición adicional única. Autorización previa para la contratación de las acciones de promoción turística.

A efectos de la coordinación de la promoción e imagen de la Generalitat, la contratación y ejecución de las acciones de promoción turística previstas en el titulo II de esta ley, requerirán autorización previa de la secretaria autonómica competente en materia de comunicación de la Generalitat.»

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