Legislación › Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia.
Artículo 13. Apoyo a los ayuntamientos para el desarrollo de suelo empresarial.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 26 de octubre de 2017 y la del 10 de noviembre de 2022.
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Artículo 13. Apoyo a los ayuntamientos para el desarrollo de suelo empresarial.
1. El Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo y la sociedad Gestión del Suelo de Galicia, S.A. podrán formalizar convenios con los ayuntamientos que no dispongan de los medios necesarios para el desarrollo de áreas empresariales de iniciativa municipal incluidas en el Plan sectorial de ordenación de áreas empresariales en la Comunidad Autónoma de Galicia. (Derogado)
2. La retribución de los trabajos realizados y de los gastos en que incurran estas entidades podrá ser efectuada mediante pago en especie, con la entrega de parcelas de resultado dentro del mismo ámbito a desarrollarse, y siempre que exista acuerdo previo al respecto.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 10 de noviembre de 2022 En vigor | BOE-A-2022-18601 | Leer | Qué cambió |
| 26 de octubre de 2017 | Texto original | Leer |


