Legislación › Ley 6/2017, de 20 de octubre, de medidas de reducción de cargas administrativas para la dinamización empresarial.
Disposición transitoria. Régimen transitorio de los procedimientos.
Disposición transitoria. Régimen transitorio de los procedimientos.
Los procedimientos iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de esta ley, relativos a ampliación, reducción y horarios especiales, al derecho de admisión, a juegos y apuestas y montes, pendientes de resolución, se regirán por lo dispuesto en la normativa vigente en el momento de presentación de la solicitud.
No obstante, les será de aplicación lo dispuesto en esta ley, siempre que el interesado desista de su solicitud y presente la correspondiente declaración responsable o comunicación, en los términos establecidos en esta ley.


