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Legislación › Real Decreto-ley 16/2017, de 17 de noviembre, por el que se establecen disposiciones de seguridad en la investigación y explotación de hidrocarburos en el medio marino.

Artículo 12. Facultades de ACSOM.

Artículo 12. Facultades de ACSOM.

1. ACSOM podrá exigir mejoras y, en caso necesario, prohibir que continúe el funcionamiento de toda instalación o parte de la misma o de cualquier infraestructura conectada, si los resultados de una inspección, de una revisión periódica del informe sobre los riesgos de accidentes graves o de las modificaciones de las comunicaciones presentadas, muestran que los requisitos y obligaciones establecidos en este real decreto-ley y en su normativa de desarrollo y ejecución no se han cumplido, o que la seguridad de las instalaciones o de las operaciones relacionadas con la investigación y explotación de hidrocarburos en el medio marino suscitan inquietudes razonables.

2. A solicitud de ACSOM, las empresas registradas en España que realicen, directamente o a través de sus filiales, operaciones relacionadas con la investigación y explotación de hidrocarburos en el medio marino fuera de la Unión Europea, en calidad de titulares u operadores, deberán informar de las circunstancias de un accidente grave en el que hayan estado involucradas.

3. ACSOM establecerá mecanismos para la denuncia confidencial de problemas que afecten a la seguridad y al medio ambiente en relación con operaciones de petróleo o de gas en el medio marino, cualquiera que sea su origen, e investigará estas comunicaciones conservando el anonimato de las personas en cuestión.

A tal efecto, los operadores en medio marino y los propietarios deberán comunicar a sus empleados y a los contratistas relacionados con la operación, así como a los empleados de éstos, la información detallada relativa a las disposiciones que se adopten para realizar las denuncias a que hace referencia el apartado anterior. Además, se asegurarán de que la denuncia confidencial se mencione en las formaciones y comunicaciones que les estén dirigidas.

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