Legislación › Orden JUS/1197/2017, de 27 de noviembre, por la que se modifica la Orden JUS/1294/2003, de 30 de abril, por la que se determinan los ficheros automatizados con datos de carácter personal del departamento y de sus organismos públicos.
ANEXO I
ANEXO I
Ficheros automatizados con datos de carácter personal del Ministerio de Justicia que se crean
Fichero 154
Nombre del fichero: Registro de ministros de culto
1. Finalidad y usos previstos: Registro de ministros de culto que estén habilitados para realizar actos religiosos con efectos civiles y, potestativamente, los restantes ministros de culto de las entidades religiosas inscritas en el Registro de Entidades Religiosas.
2. Personas y colectivos afectados: Ministros de culto con residencia legal en España de las entidades religiosas inscritas en el Registro de Entidades Religiosas y representantes legales de las citadas entidades religiosas.
3. Procedimiento de recogida de datos: Solicitud de anotación, presentada por los representantes legales de la entidad, acompañada de certificación de la Iglesia, Confesión o Comunidad religiosa a que pertenezcan que acredite tal condición, de conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 18 del Real Decreto 594/2015, de 3 de julio, por el que se regula el Registro de Entidades Religiosas.
4. Estructura básica del fichero.
4.1 Descripción de los datos incluidos en el mismo:
a) Datos identificativos de la entidad: Número de inscripción, denominación, dirección según los estatutos y dirección a efectos de notificación, teléfono, correo electrónico y página web.
b) Datos identificativos de los representantes legales: DNI/NIE, nombre, apellidos, fecha de alta de inscripción del cargo y fecha de cese.
c) Datos identificativos de los ministros de culto: DNI/NIE, nombre, apellidos, fecha de alta y fecha de baja.
4.2 Sistema de tratamiento de los datos: Sistema de información y tratamiento de los datos mixto (automatizado y en papel).
5. Cesión de datos que se prevé: A los Encargados de los Registros Civiles.
6. Órgano administrativo responsable: Ministerio de Justicia, Dirección General de Cooperación Jurídica Internacional y Relaciones con las Confesiones, Subdirección General de Relaciones con las Confesiones.
7. Órgano ante el que puede ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Subdirección General de Relaciones con las Confesiones. Calle Los Madrazo, 28, 4.ª planta, 28071 Madrid.
8. Medidas de seguridad: Nivel alto.
Fichero 155
Nombre del fichero: Información sobre cuentas bancarias a efectos del Reglamento (UE) 655/2014
1. Finalidad y usos previstos: Identificación de las cuentas bancarias del deudor, previa solicitud de un órgano jurisdiccional de otro Estado miembro de la Unión Europea y posterior remisión al mismo órgano jurisdiccional.
2. Origen de los datos y personas y colectivos afectados: Deudores en el sentido del Reglamento 655/2014: persona física o jurídica contra la cual un acreedor pretenda obtener, o haya obtenido ya, una orden de retención relacionada con un crédito en materia civil o mercantil.
3. Procedimiento de recogida de datos: Acceso a la Plataforma de Servicios del Punto Neutro Judicial.
4. Estructura básica del fichero.
4.1 Descripción de los datos incluidos en el mismo:
a) Datos relativos al órgano jurisdiccional requirente, origen de la petición de información: Estado miembro, órgano jurisdiccional, titular del órgano y datos de contacto.
b) Datos identificativos del deudor persona física: Nombre y apellidos, documento nacional de identidad o NIE, pasaporte o tarjeta de identidad en el caso de los extranjeros.
c) Datos identificativos del deudor persona jurídica: Razón o denominación social y número o código de identificación fiscal.
d) Datos identificativos de la cuenta bancaria: Banco y número de cuenta.
4.2 Sistema de tratamiento: Sistema de información y tratamiento mixto (automatizado y en papel).
5. Cesión de datos que se prevé: A órganos jurisdiccionales de otro Estado miembro de la UE, al amparo de lo establecido en el artículo 11.2.a) de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
6. Órgano administrativo responsable: Subdirección General de Cooperación Jurídica Internacional. Dirección General de Cooperación Jurídica Internacional y Relaciones con las Confesiones.
7. Órgano ante el que pueden ejercerse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Subdirección General de Cooperación Jurídica Internacional. Calle San Bernardo, 62, 28071 Madrid.
8. Medidas de seguridad: Nivel medio.
Fichero 156
Nombre del fichero: Archivo Electrónico de Apoderamientos Apud Acta
1. Finalidad y usos previstos: La inscripción de los apoderamientos apud acta otorgados presencial o electrónicamente por quien ostente la condición de interesado en un procedimiento judicial a favor de representante para que actúe en su nombre ante la Administración de Justicia.
2. Personas y colectivos afectados: Personas o entidades que deberán operar en virtud de procedimientos judiciales de cualquier jurisdicción, tanto como poderdante como apoderado.
3. Procedimiento de recogida datos: El apoderamiento apud acta se otorgará mediante comparecencia electrónica en la correspondiente sede electrónica judicial utilizando los sistemas de firma electrónica o bien mediante comparecencia personal ante el letrado de cualquier oficina judicial.
4. Estructura básica del fichero: La información contenida en este Registro deberá comprender los siguientes datos:
a) Nombre y apellidos o razón social, número de documento nacional de identidad, de identificación fiscal o de documento equivalente del poderdante.
b) Nombre y apellidos o razón social, número de documento nacional de identidad, de identificación fiscal o de documento equivalente del apoderado.
c) Fecha de inscripción.
d) Tipo de poder según las facultades que otorgue.
e) Fecha de los apoderamientos inscritos, que tendrán una validez determinada máxima de cinco años a contar desde la fecha de inscripción.
En cualquier momento antes de la finalización de dicho plazo el poderdante podrá revocar o prorrogar el poder. Las prórrogas otorgadas por el poderdante al apoderamiento tendrán una validez determinada máxima de cinco años a contar desde la fecha de inscripción.
f) Los apoderamientos apud acta deberán corresponder a alguna de las siguientes tipologías:
1. Un poder para que el apoderado pueda actuar en nombre del poderdante únicamente en determinadas clases de procedimientos.
2. Un poder general para que el apoderado pueda actuar en nombre del poderdante en cualquier actuación judicial.
3. Un poder especial para que el apoderado pueda actuar en nombre del poderdante en un procedimiento concreto.
5. Cesión de datos que se prevé: A los órganos judiciales, a través del personal de cada oficina judicial autorizado por el Secretario Judicial, a los efectos de su utilización en los procedimientos y actuaciones de los que están conociendo en el ámbito de sus respectivas competencias, conforme a las disposiciones legales vigentes.
6. Órgano administrativo responsable: Ministerio de Justicia.
7. Órgano ante el que puede ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Subdirección General de Registros Administrativos de Apoyo a la Actividad Judicial. Calle San Bernardo, 19, 28071 Madrid.
8. Medidas de seguridad: Nivel alto.
Fichero 157
Nombre del fichero: Números de identidad profesional y seudónimos del personal funcionario que presta servicios en la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos
1. Finalidad y usos previstos: Identificación de los números de identidad profesional y seudónimos correspondientes al personal al servicio de la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos.
El número de identidad profesional es un número interno, personal e intransferible, que acredita a su titular como personal al servicio de la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos y que será utilizado para su identificación en las actuaciones que realice en el marco de una encomienda de localización, recuperación o gestión de bienes recibida de cualquier órgano judicial o de la fiscalía.
Asimismo, el personal de la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos podrá utilizar un seudónimo en su identificación telefónica o presencial ante personas físicas o jurídicas ajenas al Ministerio de Justicia.
2. Personas y colectivos afectados: Personal funcionario al servicio de la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos.
3. Procedimiento de recogida de datos: La persona titular de la Dirección General de la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos asigna al personal de la Oficina el número de identidad profesional y el seudónimo.
4. Estructura básica del fichero.
4.1 Descripción de los datos incluidos en el mismo: Nombre y apellidos, número de identidad profesional (NIP) y seudónimo.
4.2 Sistema de tratamiento: Sistema de información y tratamiento de los datos mixto (automatizado y en papel).
5. Cesión de datos que se prevé: No se prevé cesión de datos, con la única excepción de los órganos judiciales que lo requieran.
6. Órgano responsable de la gestión: Ministerio de Justicia. Oficina de Recuperación y Gestión de Activos.
7. Órgano ante el que puede ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Oficina de Recuperación y Gestión de Activos. Calle San Bernardo, 19, 28071 Madrid.
8. Medidas de seguridad: Nivel medio.
Fichero 158
Nombre del fichero: Cita Previa en el Ministerio de Justicia
1. Finalidad y usos previstos: Gestión del sistema de citas previas ofrecido a los ciudadanos que acuden al Ministerio de Justicia a realizar trámites presenciales.
2. Personas y colectivos afectados: Los ciudadanos que solicitan cita previa para ser atendidos.
3. Procedimiento de recogida de datos: Datos aportados por los interesados por medios telefónicos o mediante la introducción de los datos por el propio interesado en un formulario ubicado en la Sede electrónica del Departamento.
4. Estructura básica del fichero: Sistema de información y tratamiento de los datos automatizados. Fecha de solicitud de la cita previa, nombre y apellidos de los interesados, DNI, NIF, NIE, pasaporte, teléfono y correo electrónico.
5. Cesión de datos que se prevé: Ninguna.
6. Órgano administrativo responsable: Subsecretaría del Ministerio de Justicia.
7. Órgano ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Subdirección General de Información Administrativa e Inspección General de Servicios. Calle Bolsa, 8, 28071 Madrid.
8. Medidas de seguridad: Nivel básico.


