Legislación › Ley 6/2017, de 8 de noviembre, de protección y defensa de los animales de compañía de la Región de Murcia.
Artículo 39. Responsabilidad.
Artículo 39. Responsabilidad.
1. Serán responsables de las infracciones tipificadas en la presente ley las personas físicas o jurídicas que por acción u omisión infrinjan los preceptos contenidos en esta ley y en su normativa de desarrollo.
2. Cuando el cumplimiento de las obligaciones previstas en esta ley corresponda a varias personas conjuntamente, o si la infracción fuera imputable a varias personas y no resultara posible determinar el grado de participación de cada una de ellas, responderán se forma solidaria de las infracciones que, en su caso se cometan y de las sanciones que se impongan. Asimismo, serán responsables subsidiarios de las sanciones impuestas a las personas jurídicas que hayan cesado en sus actividades, quienes ocuparan el cargo de administrador en el momento de cometerse la infracción.


