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Legislación › Ley 6/2017, de 8 de noviembre, de protección y defensa de los animales de compañía de la Región de Murcia.

Disposición transitoria segunda. Propietarios y poseedores.

Disposición transitoria segunda. Propietarios y poseedores.

Se establece el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la ley para que los propietarios y poseedores de animales de compañía adecuen las condiciones de tenencia de los mismos a las previsiones de esta ley.

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