Legislación › Ley 15/2017, de 10 de noviembre, de políticas integrales de juventud.
Artículo 21. Consultas.
Artículo 21. Consultas.
Cuando las administraciones públicas lleven a cabo las consultas previstas en el artículo 47 de la Ley 2/2015, de 2 de abril, de la Generalitat, de transparencia, buen gobierno y participación ciudadana de la Comunitat Valenciana, tendrán en cuenta a las personas jóvenes, las cuales participarán con igualdad de derechos a partir de los 16 años.


