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Legislación › Orden ETU/1283/2017, de 22 de diciembre, por la que se establecen los peajes y cánones asociados al acceso de terceros a las instalaciones gasistas y la retribución de las actividades reguladas para el año 2018.

Disposición adicional primera. Cumplimiento de la Sentencia firme de 24 de octubre de 2016 de la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo, relativa al recurso contencioso- administrativo N.º 2278/2016.

Disposición adicional primera. Cumplimiento de la Sentencia firme de 24 de octubre de 2016 de la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo, relativa al recurso contencioso- administrativo N.º 2278/2016.

1. Se reconocen a ENAGAS Transporte, S.A.U las diferencias entre las retribuciones incluidas en la resolución de 26 de octubre de 2011 para las ampliaciones de las plantas de regasificación de Cartagena y Huelva realizadas en los años 2004 y 2005 y las retribuciones que, según lo dispuesto en citada Sentencia del Tribunal Supremo 2278/2016, de 24 de octubre de 2016, se debieron reconocer.

2. Estas cantidades responden a las retribuciones correspondientes al período comprendido entre la fecha de puesta en marcha y el año 2014, en el cual, por el cambio de régimen retributivo desaparece la discrepancia en la cantidad a reconocer para dichas, ambos incluidos.

3. Estas retribuciones se han incrementado con los intereses legales devengados, teniendo en cuenta que la resolución recurrida fue incluida en la liquidación 10/2011, dictada el 13 de diciembre de dicho año y que únicamente devengó cobros y pagos en el año siguiente.

4. La suma de principal e intereses asciende a 60.840.992 €. Con objeto de no afectar al equilibrio financiero del sistema gasista, anualmente, en el periodo comprendido entre los años 2018 y 2022, ambos incluidos, se reconocerá a ENAGAS Transporte, S.A.U. la quinta parte de dicha cantidad (12.168.198 €) como gasto liquidable, en forma de pago único en la segunda liquidación de cada ejercicio.

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