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Real Decreto 115/2017, de 17 de febrero, por el que se regula la comercialización y manipulación de gases fluorados y equipos basados en los mismos, así como la certificación de los profesionales que los utilizan y por el que se establecen los requisitos técnicos para las instalaciones que desarrollen actividades que emitan gases fluorados.
En vigor Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales · Publicada el 18 de febrero de 2017 · Último cambio el 27 de septiembre de 2017 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- TÍTULO I
- Artículo 1. Objeto y finalidad.
- Artículo 2. Definiciones.
- TÍTULO II
- Artículo 3. Actividades restringidas a personal en posesión de la certificación exigida.
- Artículo 4. Certificaciones personales.
- Artículo 5. Procedimiento para la expedición de certificaciones.
- Artículo 6. Procedimiento para la suspensión o retirada de certificaciones.
- Artículo 7. Registro y acceso único.
- Artículo 8. Centros formativos y evaluadores.
- Artículo 9. Obligaciones específicas relativas a la distribución, comercialización y titularidad de los fluidos y equipos basados en ellos.
- Artículo 10. Etiquetado de equipos.
- Artículo 11. Libro de registro transporte refrigerado.
- TÍTULO III
- Artículo 12. Requisitos técnicos de las instalaciones que desarrollen actividades que emitan gases fluorados.
- TÍTULO IV
- Artículo 13. Régimen sancionador.
- Disposición adicional primera. Organismos de certificación de empresas.
- Disposición adicional segunda. Comunicación de los organismos competentes en la expedición de certificaciones a la Comisión Europea.
- Disposición adicional tercera. Exención de certificación en cadenas de montaje.
- Disposición adicional cuarta. Certificación del personal en centros autorizados de tratamiento de vehículos al final de su vida útil.
- Disposición adicional quinta. Certificación del personal en instalaciones de tratamiento de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos.
- Disposición adicional sexta. Tramitación electrónica.
- Disposición adicional séptima. Certificación otorgada por entidad acreditada.
- Disposición adicional octava. Cursos realizados en otros Estados miembros de la Unión Europea.
- Disposición adicional novena. Comunicación de emisiones de halones.
- Disposición adicional décima. Modificación de los títulos y certificados de profesionalidad.
- Disposición transitoria única. Validez de certificados existentes.
- Disposición derogatoria única. Derogación del Real Decreto 795/2010, de 16 de junio, por el que se regula la comercialización y manipulación de gases fluorados y equipos basados en los mismos, así como la certificación de los profesionales que los utilizan.
- Disposición final primera. Modificación del Real Decreto 138/2011, de 4 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento de seguridad para instalaciones frigoríficas y sus instrucciones técnicas complementarias.
- Disposición final segunda. Modificación del anexo del Real Decreto 100/2011, de 28 de enero, por el que se actualiza el catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y se establecen las disposiciones básicas para su aplicación.
- Disposición final tercera. Habilitación para el desarrollo reglamentario.
- Disposición final cuarta. Titulo competencial.
- Disposición final quinta. Gastos de funcionamiento.
- Disposición final sexta. Entrada en vigor.
- [firma]
- ANEXO I
- ANEXO II
- ANEXO III
- ANEXO IV
- ANEXO V
- ANEXO VI
- ANEXO VII
- ANEXO VIII


