Legislación › Ley 1/2017, de 1 de febrero, por la que se crea la Agencia Valenciana de la Innovación.
Artículo 12. De la Presidencia.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 9 de febrero de 2017 y la del 1 de enero de 2020.
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Artículo 12. De la Presidencia.
1. La Presidencia presidencia de la Agencia recae en el presidente o la presidenta persona titular de la Generalitat. Presidencia de la Generalitat, que podrá delegar competencias en las personas titulares de las vicepresidencias de la Agencia.
2. Corresponden a la Presidencia de la Agencia las siguientes funciones:
a) Ostentar la máxima representación institucional y legal de la Agencia, presidir el Consejo de Dirección y velar por el cumplimiento de su objeto, fines y funciones, sin perjuicio de las delegaciones que puedan establecerse.
b) Dirigir las tareas del consejo de dirección, ordenar sus convocatorias, fijar el orden del día de las reuniones, presidirlas y dirigir sus deliberaciones.
c) Dirimir con su voto los empates, a los efectos de adoptar acuerdos, en el seno del consejo de dirección.
d) Autorizar con su firma, junto a la persona que ostente la secretaría, las actas aprobadas de las sesiones del Consejo de Dirección y la certificación de los acuerdos o extremos contenidos en las actas.
e) Ejercer las otras facultades y funciones que le atribuyan esta ley, el Consejo de Dirección y las disposiciones vigentes.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2020 En vigor | BOE-A-2020-1010 | Leer | Qué cambió |
| 9 de febrero de 2017 | Texto original | Leer |


