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Legislación › Ley 1/2017, de 1 de febrero, por la que se crea la Agencia Valenciana de la Innovación.

Artículo 20. Régimen retributivo del personal.

Artículo 20. Régimen retributivo del personal.

1. El personal funcionario que preste servicios en la Agencia se someterá al régimen retributivo establecido en la normativa vigente en materia de función pública y en las leyes anuales de presupuestos de la Generalitat.

2. El régimen retributivo del personal laboral de la entidad se ajustará a los acuerdos conveniales y a las previsiones contenidas en las sucesivas leyes de presupuestos de la Generalitat.

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