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Legislación › Ley 3/2017, de 3 de febrero, para paliar y reducir la pobreza energética (electricidad, agua y gas) en la Comunitat Valenciana.

Artículo 8. Plan de micromedidas de eficiencia energética.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 10 de febrero de 2017 y la del 1 de enero de 2023. Tachado: lo que se quitó (7 palabras). Subrayado: lo que se añadió (6 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 8. Plan de micromedidas de eficiencia energética.
1. Se entiende por micromedidas de eficiencia energética todas aquellas medidas que, por su coste y fácil implementación, mejoran y contribuyen a reducir el gasto energético en los hogares para prevenir y combatir la pobreza energética.
2. La futura Agencia Valenciana de la Energía, en colaboración con las consellerias competentes en la materia, elaborarán elaborará y ejecutarán ejecutará un plan de desarrollo de micromedidas de eficiencia energética en colaboración con las entidades locales y las organizaciones de expertos y de personas usuarias y consumidores. consumidoras. Este plan será aprobado por la Generalitat. el Consell.
3. El mencionado plan será sometido a una evaluación anual para comprobar su eficacia. Para tal fin se creará una comisión de seguimiento en la que participarán las administraciones locales y la autonómica, así como expertos en el ámbito energético y las mencionadas organizaciones sociales, para poder ser sometido a posibles mejoras.
4. Las intervenciones comprendidas dentro del plan de desarrollo de micromedidas de eficiencia energética incluirá por lo menos:
a) Análisis de la eficiencia energética del hogar y de los hábitos energéticos de los que viven en él, y propuesta de micromedidas de eficiencia energética adaptada a las particularidades del hogar.
b) Análisis de las facturas y contratos de los servicios básicos de electricidad, gas y agua y, en su caso, de propuestas para abaratar los costes dependientes del contrato.
c) Formación específica básica en eficiencia y buenas prácticas energéticas.
En la ayuda en el pago en la factura del consumo energético se priorizarán aquellos hogares que se acojan a una intervención domiciliaría destinada a alcanzar mejoras de eficiencia energética.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2023 En vigor BOE-A-2023-5482 Leer Qué cambió
10 de febrero de 2017 Texto original Leer

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