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Legislación › Ley 4/2017, de 3 de febrero, por la que se crea la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias.

Artículo 5. Órganos.

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Artículo 5. Órganos.
1. Son órganos directivos de la AVSRE:
a) El Consejo de Dirección de la AVSRE.
b) La Dirección de la AVSRE.
2. Son órganos de participación adscritos a la AVSRE:
a) La Comisión de Protección Civil y las Emergencias de la Comunitat Valenciana.
b) La Mesa Sectorial Social de la Protección Civil y las Emergencias de la Comunitat Valenciana.
c) La Comisión de Coordinación de los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la Comunitat Valenciana.
d) El Observatorio de la Seguridad de la Comunitat Valenciana, creado y regulado por su propia normativa específica, en materia de coordinación de policía local.
e) La Comisión de Coordinación de Policías Locales de la Comunitat Valenciana.
f) Cualquier otro que se cree con esta naturaleza, tanto mediante norma legal como reglamentaria.
3. Son órganos adscritos a la AVSRE:
a) El Instituto Valenciano de Seguridad Pública y Respuesta a las Emergencias (IVASPE).
b) El Gabinete Técnico de Coordinación de Policías Locales de la Comunitat Valenciana.
c) El Centro de Coordinación de Emergencias de la Comunitat Valenciana.
d) El Servicio de Bomberos Forestales.
e) La Oficina Única Postemergencia.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2020 En vigor BOE-A-2020-1010 Leer Qué cambió
1 de enero de 2018 BOE-A-2018-1871 Leer Qué cambió
10 de febrero de 2017 BOE-A-2017-90372 Leer

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