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Legislación › Ley 5/2017, de 10 de febrero, de pesca marítima y acuicultura de la Comunitat Valenciana.

Disposición transitoria cuarta. Lonjas en funcionamiento autorizadas.

Disposición transitoria cuarta. Lonjas en funcionamiento autorizadas.

Durante la vigencia de sus actuales concesiones de explotación se consideran autorizadas las lonjas de los puertos pesqueros de Vinaròs, Benicarló, Peñíscola, Castellón de la Plana, Burriana, Sagunto, Valencia, Cullera, Gandia, Dénia, Jávea, Moraira, Calp, Altea, Villajoyosa, El Campello, Alicante, Santa Pola, Guardamar del Segura y Torrevieja.

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