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Legislación › Ley 3/2017, de 15 de febrero, del libro sexto del Código civil de Cataluña, relativo a las obligaciones y los contratos, y de modificación de los libros primero, segundo, tercero, cuarto y quinto.

Artículo 625-3. Régimen jurídico.

Artículo 625-3. Régimen jurídico.

1. El contrato de integración se rige por los pactos convenidos entre las partes, siempre que no sean contrarios a las disposiciones del presente código y a la normativa sectorial aplicable a la actividad objeto del contrato.

2. Son nulos en todos los casos los pactos que hacen participar al integrado en las pérdidas en una proporción superior a la que le corresponde en las ganancias.

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