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Legislación › Ley 3/2017, de 15 de febrero, del libro sexto del Código civil de Cataluña, relativo a las obligaciones y los contratos, y de modificación de los libros primero, segundo, tercero, cuarto y quinto.

Artículo 626-6. Resolución.

Artículo 626-6. Resolución.

1. El perceptor de la prestación puede exigir la resolución del contrato y la indemnización por daños y perjuicios:

a) Por falta de pago de la prestación, siempre que la haya requerido fehacientemente.

b) Por falta de constitución de las garantías pactadas, en el plazo de tres meses contados desde que las ha exigido fehacientemente.

2. La resolución del contrato de censal no supone, en ningún caso, la devolución de las pensiones percibidas y no perjudica a los terceros amparados por la legislación hipotecaria.

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