Legislación › Real Decreto 232/2017, de 10 de marzo, sobre anotación y cancelación de notas desfavorables en la documentación del personal de la Guardia Civil.
Disposición transitoria segunda. Procesos iniciados con anterioridad.
Disposición transitoria segunda. Procesos iniciados con anterioridad.
En los procesos de gestión de personal en que se precise el tratamiento de las anotaciones a que se refiere este real decreto, que se hubieren iniciado con anterioridad a su entrada en vigor, se continuarán utilizando las normas establecidas en el Real Decreto 555/1989, de 19 de mayo, sobre anotación y cancelación de notas desfavorables en la documentación militar personal, en lo que resulten de aplicación.
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