Legislación › Decreto-ley 1/2017, de 14 de febrero, por el que se crea y se regula el Registro de grupos de interés de Cataluña.
Disposición adicional primera. Parlamento de Cataluña.
Disposición adicional primera. Parlamento de Cataluña.
El Registro de grupos de interés de Cataluña tiene que prestar el apoyo que le requiera el Parlamento de Cataluña para garantizar el intercambio de información, el reconocimiento recíproco de actuaciones y la interoperabilidad registral con el Registro de grupos de interés del Parlamento.


