Legislación › Ley 2/2017, de 28 de marzo, de Memoria Histórica y Democrática de Andalucía.
Disposición adicional quinta. Inscripción en el Registro Civil del fallecimiento de víctimas.
Disposición adicional quinta. Inscripción en el Registro Civil del fallecimiento de víctimas.
La Administración de la Junta de Andalucía impulsará la inscripción de defunción de las víctimas desaparecidas, de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional octava de la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil.
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