Legislación › Real Decreto 485/2017, de 12 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
Disposición transitoria única. Unidades y puestos de trabajo con nivel orgánico inferior a Subdirección General.
Disposición transitoria única. Unidades y puestos de trabajo con nivel orgánico inferior a Subdirección General.
1. Las Unidades y puestos de trabajo con nivel orgánico inferior a Subdirección General continuarán subsistentes y serán retribuidos con cargo a los mismos créditos presupuestarios hasta que se aprueben las relaciones de puestos de trabajo adaptadas a la estructura orgánica de este real decreto.
2. Los puestos de trabajo encuadrados en los órganos suprimidos en este real decreto, o que resulten afectados por las modificaciones de competencias establecidas en él, se adscribirán provisionalmente por resolución de la Subsecretaría de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad a los órganos directivos pertinentes, de acuerdo con las funciones asignadas a cada uno en este real decreto y hasta tanto se aprueben las nuevas relaciones de puestos de trabajo.
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